Abogacía del Estado »
DERECHO ADMINISTRATIVO »
Organismos Y Entidades Públicas
|
|
«... a la LOFAGE se rige por su legislación específi ca –esto es, por la Ley 15/1980, de 22 de abril, y por el Estatuto de 30 de abril de 1982–, y supletoriamente por la propia LOFAGE, así como por «las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación.» II. Determinada en el fundamento anterior la naturaleza jurídica del CSN y la normativa que, con carácter general, le resulta de aplicación, procede a continuación delimitar qué materias o ámbitos del TRLGP han de entenderse aplicables al mismo.
El TRLGP consta de un Título Preliminar y nueve Títulos, a los que corresponden las siguientes rúbricas: el Título Preliminar, «Principios Generales»; el Título I, «Del Régimen de la Hacienda Pública»; El Título II, «De los Presupuestos»; el Título III, «De la Intervención»; el Título IV, «De las Operaciones Financieras»; el Título V, «Del Tesoro»; 31 410 31 el Título VI, «De la Contabilidad Pública»; el Título VII, «De las responsabilidades»; el Título VIII, «De los Presupuestos, de la Intervención y de la Contabilidad de la Seguridad Social»; y el Título IX, «De los Entes Territoriales».
Pues bien, una primera aproximación al contenido del TRLGP permite sostener la inaplicación al CSN de las normas contenidas en los Títulos VIII y IX de la Ley General Presupuestaria, pues como fácilmente se deduce de su título o rúbrica y como corrobora el contenido de los preceptos que integran tales Títulos, se trata de disposiciones expresamente referidas a la Seguridad Social y a los Entes Territoriales, entre los que no se incluye el CSN.
Cabe igualmente excluir de los preceptos del TRLGP que han de entenderse aplicables al CSN, los comprendidos en el Título IV de dicha Ley, pues las operaciones fi nancieras que en el mismo se regulan, esto es, la emisión de deuda pública y el otorgamiento de avales, quedan expresa y exclusivamente circunscritas al Estado y a sus Organismos autónomos, entre los que no se incluye el CSN.
En tercer lugar, y por idéntico motivo, ha de entenderse que tampoco resulta de aplicación al CSN el Título V del TRLGP, dedicado al «Tesoro público», que en virtud de lo dispuesto en el artículo 115 está constituido por los recursos fi nancieros, sean dinero, valores o créditos, de la Administración General del Estado y de los Organismos autónomos.
Descartada la aplicación al CSN de los preceptos contenidos en los Títulos IV, V, VIII y IX del TRLGP, el examen de la aplicabilidad de los restantes Títulos de esta norma al referido Ente público requiere un análisis más detallado.
III. Pasando, como se ha indicado, a un examen más pormenorizado del TRLGP y por lo que se refi ere, en primer lugar, a su Título Preliminar, el mismo contiene, bajo la rúbrica de «Principios Generales», una serie heterogénea de preceptos, algunos de los cuales han sido derogados por la LOFAGE [artículos 4 y 6.b)], y otros, que, por su objeto, cabe concluir que no resultan de aplicación al CSN (vg. artículo 5 –Seguridad... »
|
|
|
|