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Contrato De Seguro
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"Recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del caso conocido como ""Superchupinazo"" (explosión de petardos en verbena de San Juan con múltiples lesionados). Responsabilidad subsidiaria del Estado. Interpretación de las cláusulas de la póliza de un contrato de seguro. Cláusulas delimitadoras del riesgo y limitativas de derechos del asegurado: diferencia. Naturaleza del recurso de apelación. Indemnización del daño. Reglas para la aplicación del Baremo de de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados."
873 CONTRATO DE SEGURO 64. C Recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del caso conocido como «Superchupinazo» (explosión de petardos en verbena de San Juan con múltiples lesionados). Responsabilidad subsidiaria del Estado. Interpretación de las cláusulas de la póliza de un contrato de seguro. Cláusulas delimitadoras del riesgo y limitativas de derechos del asegurado: diferencia. Naturaleza del recurso de apelación. Indemnización del daño. Reglas para la aplicación del Baremo de de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados*.
Sobre la responsabilidad civil subsidiaria de la Administración General del Estado.
Es ahora objeto del presente recurso de apelación la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Vilanova i la Geltrú dictada en autos de procedimiento abreviado, en cuanto que declara (fundamento de Derecho undécimo y fallo) la responsabilidad subsidiaria del Estado en el abono de las cantidades que se reflejan en las páginas 460 a 467 reconocidas a favor de los lesionados reclamantes.
Como quiera que la declaración de responsabilidad subsidiaria se funda en el artículo 121 del Código Penal («El Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla, el municipio y demás entes públicos, según los casos, responden subsidiariamente de los daños causados por los penalmente responsables de los delitos dolosos o culposos, cuando éstos sean autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos o funciones siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que les estu* El recurso de apelación contra la sentencia del «Superchupinazo», presentado en fecha 15 de octubre de 2004, fue elaborado conjuntamente por los Abogados del Estado en Barcelona don Víctor Antonio Quesada Morales y don Eduardo Soler Tappa. Debido a la dimensión del recurso, que cuenta con más de 170 páginas, ahora se transcribe tan sólo la parte de responsabilidad civil (fundamento de Derecho noveno) obra de don Eduardo Soler Tappa, Abogado del Estado-Adjunto en Barcelona.
874 64 vieren confiados, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial derivada del funcionamiento normal o anormal de dichos servicios exigible conforme a las normas de procedimiento administrativo, y sin que, en ningún caso, pueda darse una duplicidad indemnizatoria.
Si se exigiera en el proceso penal la responsabilidad civil de la autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos, la pretensión deberá dirigirse simultáneamente contra la Administración o ente público presuntamente responsable civil subsidiario [...]») es evidente que sin la condena penal del funcionario del Estado señor .....
no nace tal responsabilidad civil, por lo que no podemos ahora sino remitirnos en todo a lo expuesto anteriormente sobre la defensa del mencionado funcionario y que debe llevar a la absolución... »
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