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Contrato De Trabajo
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Procedencia o no de que una sociedad estatal reconozca como contratos de trabajo por tiempo indefinido ciertos contratos celebrados por aquélla con sus empleados y calificados de duración determinada. Requisitos de los contratos por obra o servicio determinados conforme a la legislación vigente y jurisprudencia. Nulidad de la cláusula de duración determinada incluida en los contratos con fraude de ley y conversión de los mismos en contratos por tiempo indefinido.
749 CONTRATOS DE TRABAJO 53.
CONTRATOS DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO. RECONOCIMIENTO POR SOCIEDAD ESTATAL Procedencia o no de que una sociedad estatal reconozca como contratos de trabajo por tiempo indefinido ciertos contratos celebrados por aquélla con sus empleados y calificados de duración determinada. Requisitos de los contratos por obra o servicio determinados conforme a la legislación vigente y jurisprudencia. Nulidad de la cláusula de duración determinada incluida en los contratos con fraude de ley y conversión de los mismos en contratos por tiempo indefinido*.
ANTECEDENTES 1.
El Consejo de Ministros autorizó, por Acuerdo de 21 de febrero de 1992, la creación de la «Sociedad Estatal de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios, S. A.» (en lo sucesivo, SIEP), fijando como objeto de dicha sociedad la realización de «cuantas actividades resulten necesarias para la correcta gestión de los programas o acciones previstos o que se prevean en el Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de julio de 1991, así como todas aquéllas que, relacionadas con las anteriores, estatutariamente se le asignen hasta la total ejecución del Plan». En consonancia con la limitación temporal implícita en la fijación del objeto social, el artículo 4 de los Estatutos de dicha sociedad disponía, en su primitiva redacción, que «la duración de la Sociedad “Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios S. A.”, será como máximo de ocho años a partir del comienzo de sus operaciones».
2.
Para el ejercicio de sus actividades, SIEP ha venido contratando a sus trabajadores mediante contratos para la realización de obra o servicio determinado celebrados al amparo del Real Decreto 2104/1984, de 21 de noviembre. En los referidos contratos se hace constar que «la obra o servi* Dictamen de la Dirección del Servicio Jurídico del Estado de 22 de junio de 2000 (ref.: A.G. Entes Públicos 10/00). Ponente: Luciano J. Mas Villarroel.
53 750 cio consiste en la realización de las tareas y prestación de los servicios (...) precisos para la ejecución del Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 5 de julio de 1991 y conforme al Acuerdo de 21 de febrero de 1992 que autoriza la creación de la Sociedad Estatal “Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios” y los artículos 2.o y 4.o de sus Estatutos Sociales».
3.
Mediante sendos Acuerdos del Consejo de Ministros de 1 de marzo de 1996 y 30 de abril de 1998 se precisó y completó el Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios, encomendándose a SIEP la construcción y equipamiento de 24 Centros de Inserción Social, la adecuación de determinados inmuebles para Centros de Inserción Social, la construcción y equipamiento de 40 Unidades de Custodia en hospitales del sector público, así como la ampliación de la capacidad de determinados establecimientos... »
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