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Abogacía del Estado »
DERECHO PENAL »
Calificación Del Delito
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«...diez años de inhabilitación especial para cargo público, por el delito continuado de estafa.
– Cuatro años de prisión y multa de 1.600.000.000 de pesetas y nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, por el delito continuado de cohecho del artículo 420 del Código Penal.
– Dos años de prisión, multa de 102.000.000 de pesetas y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales por el período de cuatro años, por el delito contra la Hacienda Pública correspondientes al ejercicio de 1988.
– Dos años de prisión, multa de 298.000.000 de pesetas y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales por el período de cuatro años, por el delito contra la Hacienda Pública correspondientes al ejercicio de 1989.
– Dos años y cuatro meses de prisión menor, multa de 436.000.000 de pesetas y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales por el período de cuatro años, por el delito contra la Hacienda Pública correspondientes al ejercicio de 1990.
– Dos años y cuatro meses de prisión menor, multa de 744.000.000 de pesetas y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales por el período de cuatro años, por el delito contra la Hacienda Pública correspondientes al ejercicio de 1991.
– Dos años y cuatro meses de prisión menor, multa de 364.000.000 de pesetas y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales por el período de cuatro años, por el delito contra la Hacienda Pública correspondientes al ejercicio de 1992.
– Tres años de prisión y multa de doce meses por el delito continuado de falsedad.
2.
A J. E. M.: – Ocho años de prisión y veinte años de inhabilitación absoluta para cargo público, por el delito continuado de malversación de cauda les públicos.
– Dos años y cuatro meses de prisión menor, por el delito continuado de estafa.
642 51 – Cuatro años de prisión, multa de 1.600.000.000 de pesetas y nueve años de inhabilitación especial para cargo público, por el delito continuado de cohecho del artículo 420 del Código Penal aprobado por LO 10/1995, de 23 de noviembre.
– Tres años de prisión y multa de doce meses, por el delito continuado de falsedad.
3.
A J. J. P. P.: – Tres años de prisión y multa de doce meses, con responsabilidad civil subsidiaria en caso de impago, por el delito continuado de falsedad.
4.
A M. LL. B.: – Diez años de inhabilitación especial para cargo público, por el delito continuado de prevaricación.
– Seis meses de arresto mayor, diez años de inhabilitación especial para cargo público y multa por importe de 4.520.770.334 de pesetas,... »
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Yira Suarez
22/07/2008
De verdad el yema del delito continuado es muy importante para nosotros los estudiantes del drecho, porque asi podemos entender conmas facilida todo lo que los profesores en los curso de derechco penal nos explican atte: yira muriel suarez peralta.
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