Abogacía del Estado »
DERECHO ADMINISTRATIVO »
Contratos De La Administración
|
|
«...tendrán los resultados previstos para todos los valores de fechas válidas dentro del dominio de la aplicación.
–Los elementos lógicos susceptibles de contener fechas, tanto en interfaces como en almacenamiento de datos, especificarán los años de manera completa, eliminando cualquier posible ambigüedad.
–Cuando en cualquier elemento de fecha se represente el año sin los dos dígitos iniciales, correspondientes al millar y a la centena, ello no será obstáculo para que se emplee el año completo en todas las operaciones en las que intervenga dicho año”.» Deben incluirse también cláusulas relativas a la realización por parte de la Administración de pruebas de conformidad con el efecto 2000 en los sistemas.
Igualmente debe incluirse una cláusula de acceso al código fuente. Se trata de contemplar contractualmente el depósito del código fuente y su acceso a éste bajo determinadas condiciones.
En la misma línea el Consejo de la Agencia Civil de Adquisiciones y el Consejo de la Agencia Militar de Adquisiciones de los Estados Unidos de Norteamérica han publicado una nueva redacción del epígrafe XIV de la Circular 90-45 de Adquisiciones Federales 15.
Junto a la introducción de estas cláusulas deberían contemplarse plazos de garantía lo más amplios posible y que, en todo caso, permitan comprobar con el necesario detalle la adaptación de los sistemas al efecto 2000.
3.
Otras actuaciones Debemos distinguir aquí dos supuestos.
En los casos en que existan cláusulas expresas o los equipos o programas se encuentren en el período de recepción o garantía, la Administración, tras las verificaciones técnicas correspondientes, y tal y como hemos visto, deberá exigir el cumplimiento de la prestación incluyendo la habilidad para el paso del año 2000.
Cuando no sea así, podría estudiarse la posibilidad de entrar en contacto con los proveedores al objeto de recabar de ellos su postura favorable o no a realizar las adaptaciones necesarias para superar el año 2000 (si ello fuera necesario, lo que exige una previa verificación técnica). Esto permitiría saber si se va a contar con el apoyo de los suministradores o si la Administración debe asumir los costes de adaptación y posteriormente reclamarlos judicialmente.
167 8 15 http://www.itpolicy.gsa.gov/mks/yr2000/finalfar.htm.
168 8 La clarificación de la postura de los contratistas, además de permitir ahorrar tiempo en la solución del problema, podría también ayudar, en algunos casos, a la acreditación de su negligencia cuando, llegado su momento, se ejercitaran las acciones correspondientes o para el supuesto de que se produjeran daños, a la Administración o a terceros. .
En virtud de todo lo anterior procede formular las siguientes VII.
CONCLUSIONES Primera.
La llegada del año 2000 puede producir alteraciones en todos aquellos sistemas informáticos que no se encuentren suficientemente adaptados al evento. Aún cuando es difícil evaluar el coste de dichas adaptaciones, ... »
|
|
|
|