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«... Ello no obstante, sabido es, que la repercusión social que en mayor o menor medida produzca cualquier litigio no significa, por ello, que deba olvidarse que en el orden jurisdiccional civil, lo mismo que en cualquier otro, es absolutamente necesario probar y demostrar aquello que se afirma en el escrito de demanda. En el mismo esta Abogacía del Estado afirmaba que HMSA no celebraba carreras de caballos y que las instalaciones que conformaban el 50 690 Hipódromo de La Zarzuela se encontraban en absoluto estado de abandono. Sin embargo, como elementos probatorios de carácter documental a la fecha de interposición de la misma se contaba con unas diligencias de investigación abiertas por la Fiscalía de Medio Ambiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y con un informe del Departamento de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Madrid en el que se confirmaba el estado de abandono de la finca y el peligro de subsistencia de la flora autóctona de la misma y de sus instalaciones, alguna de las cuales eran monumento histórico-artístico. Sin embargo, a nuestro juicio, tales elementos probatorios podrían resultar insuficientes si queríamos que la demanda prosperase en los términos que inicialmente se habían pretendido. Por ello, tanto para acreditar el incumplimiento contractual que se estaba denunciando, cual era la falta de continuidad de la actividad hípica y para demostrar el abandono de la finca como consecuencia de la negligente gestión, o por mejor decir, inexistente gestión por parte de HMSA, jugó papel importante en este pleito la prueba que se propuso.
Principalmente queremos traer a colación tanto la prueba testifical propuesta como la prueba de reconocimiento judicial. Dentro de la primera se propuso como prueba testifical la declaración del presidente de la SFCCE para que principalmente explicase cuáles eran los motivos o causas por las que se denegó el programa de carreras de la primavera de 1996, que a estas alturas de este informe parece evidente que fue una de las «armas» de defensa empleadas por HMSA y la declaración testifical del presidente de la Asociación de Entrenadores y presidente de la Asociación de Jockeys. El objetivo de esta prueba testifical no era sólo acreditar, por un medio probatorio más, la inactividad hípica, sino, principalmente, el estado de abandono en el que se encontraban las instalaciones del Hipódromo de La Zarzuela. No podemos olvidar que el caballo de carreras es un animal muy cualificado y cuya actividad debe desarrollarse en un terreno en perfecto estado (un punto válido de comparación sería equipararlo al terreno en el que debe desarrollar su actividad un atleta de alta competición). Por ello era importante demostrar por el juicio técnico de un entrenador y de un jockey que el estado en el que se encontraban las instalaciones del hipódromo no eran óptimas para que pudiesen celebrarse carreras de caballos. El entrenador es la persona que educa, cría, prepara físicamente y ... »
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