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Procesos Arrendaticios
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«... tiempo el planteamiento de acciones judiciales se encontraba indirectamente relacionado con otros dos procedimientos cuales eran la suspensión de pagos de HMSA y el juicio declarativo de mayor cuantía que mantenía ésta contra la SFCCE.
En la suspensión de pagos de HMSA ésta, como anteriormente describíamos, pretendía ceder a la comisión liquidadora la explotación del Hipódromo de La Zarzuela para que con su gestión pudieran obtenerse los beneficios suficientes para salir de la situación de insolvencia en la que se encontraba. Una hipotética aprobación del proyecto de convenio presentado por HMSA en aquella suspensión de pagos podría afectar negativamente a las acciones judiciales entabladas en aras de la resolución contractual.
Asimismo en el juicio declarativo de mayor cuantía que mantuvo HMSA contra la SFCEE en la que se reclamaba el importe económico precitado tenía como base la denegación del programa de carreras de la 50 678 primavera del año 1996. Esto es, en esencia, a juicio de HMSA la denegación injustificada por parte de la SFCCE del programa de carreras de la primavera del año 1996 había sumido a la mercantil en una gravísima crisis económica fruto de la cual le había resultado imposible continuar con la explotación del Hipódromo de La Zarzuela. Una improbable sentencia estimatoria de la pretensión indemnizatoria de HMSA contra la SFCCE supondría implícitamente el reconocimiento de cierta causa justificativa para no dar continuidad a la actividad hípica.
Paralelamente Patrimonio Nacional necesitaba recuperar de forma urgente la posesión de las instalaciones del Hipódromo de La Zarzuela por un lado para acabar definitivamente con el estado de abandono y dejadez en el que se encontraban aquéllas lo que estaba afectando negativamente tanto a las instalaciones como al entorno natural y medio ambiente y algunos bienes declarados monumento histórico-artístico como las famosas tribunas de Torroja y por otro lado para continuar con la actividad hípica y celebración de carreras de caballos lo que suponía necesariamente la recuperación inmediata de la posesión con la clara finalidad de adjudicar a un tercero la explotación del Hipódromo de La Zarzuela.
Tampoco podemos olvidar el perjuicio que la inactividad hípica estaba ocasionando a grandes colectivos relacionados directamente con el mundo de los caballos como podrían ser la Asociación de Propietarios, la Asociación de Entrenadores, la Asociación de Jockeys, la SFCCE y otras colectivos que de forma directa vivían de la celebración de carreras de caballos.
Así las cosas bien podría haberse interpuesto una única demanda de resolución contractual y reclamación de daños y perjuicios en la que se hiciese valer aquellas causas de resolución solicitando paralelamente se condenase a HMSA a indemnizar a Patrimonio Nacional los daños y perjuicios ocasionados en las instalaciones del Hipódromo de La Zarzuela pero sin embargo esta solución no acogería la pretensión... »
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