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Defensa De La Competencia
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Escrito de contestación a demanda del Abogado del Estado en recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, formulado contra una resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia sancionadora de una conducta restrictiva de la competencia.
DEFENSA DE LA COMPETENCIA 10.
IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN DELTRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA QUE SANCIONA CONDUCTA RESTRICTIVA DE LA COMPETENCIA Escrito de contestación a demanda del Abogado del Estado en recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, formulado contra una resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia sancionadora de una conducta restrictiva de la competencia 1.
Se impugna ante la Audiencia Nacional una resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia, declarando prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia una determinada conducta, y prohibiendo en consecuencia la continuación de dicha conducta, así como imponiendo a las partes implicadas una sanción consistente en multa; en el caso enjuiciado, un grupo constituído por las principales empresas del sector turístico en España se integran, formando una agrupación de interés económico, para acudir a una serie de concursos que anualmente vienen siendo convocados por la Administración estatal (IMSERSO) para la adjudicación de un relevante contrato de servicios (de duración anual). Las empresas invocan que la finalidad de la agrupación no es restingir la competencia de cara al citado concurso, sino sumar recursos y esfuerzos para poder reunir los requisitos exigidos por la Administración contratante. Asimismo, invocan el principio de confianza legítima, con base en ciertos actos y/o recomendaciones del IMSERSO acerca de la agrupación constituida de cara al refe rido concurso. La contestación analiza estas cuestiones, en defensa de la resolución del TDC impugnada.
HECHOS 1.
Negamos todos los de la demanda mientras no sean objeto de prueba fehaciente y nos remitimos a los del expediente administrativo.
Impugnamos adicionalmente todos los documentos presentados por el interesado, sea en la vía administrativa previa, sea en la presente vía con116 1 Informe elaborado en diciembre de 1991 por doña Elena Otero-Novas Miranda, Abogada del Estado ante la Audiencia Nacional.
tencioso-administrativa, que no reúna los requisitos de autenticidad o fehaciencia establecidos en nuestra legislación procesal, y/o no hayan sido expresamente reconocidos por la Administración. 2.
El expediente de autos afecta a un acuerdo adoptado entre varios de los principales grupos del sector turístico español, entre los que se encontraba la recurrente, con objeto de fijar las condiciones en que los mismos concurrieron durante varios ejercicios al concurso convocado por el IMSERSO para la ejecución del denominado «Programa de vacaciones para personas de la tercera edad»; en concreto, el expediente se centra en el acuerdo correspondiente al concurso de la temporada 1995/1996.
3.
En la resolución del TDC recurrida y en el expediente consta acreditado, y no se discute de adverso, que los grupos que celebraron este acuerdo ostentaban, cada uno de ellos aisladamente, y más aún en su conjunto, una importantísima cuota del mercado... »
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