Abogacía del Estado »
DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL »
Convenios Colectivos
|
|
«... sobre la improcedencia de rebasar los límites legales del incremento de retribuciones establecidos en las Leyes Generales de Presupuestos del Estado y ha declarado que dichos límites son de aplicación a las Corporaciones Locales y que el no respecto de los mismos por parte de éstas constituye una infracción del ordenamiento jurídico.
Todo ello por ser de Justicia que pido en Jaén a 23 de julio de 2002. Que por medio del presente escrito, de conformidad con la providencia de ese Juzgado de fecha 30/10/2002, notifi cada el 4/11/2002 viene a cumplimentar el requerimiento efectuado, ampliando la demanda presentada en los siguientes términos: Se amplía la presente demanda contra Unión General de Trabajado res (UGT) y Comisiones Obreras (CC. OO), tanto en su representación unitaria como sindical en el Ayuntamiento de T., como componentes de la Comisión Negociadora, que deberán ser citados en dicho Ayuntamiento o Corporación Municipal.
Por promovida la impugnación del Convenio Colectivo para el personal laboral, contratado y eventual del Iltmo. Ayuntamiento de T., a que antes de ha hecho referencia, y, en concreto, la de sus artículos 13, 15, 19, 28, 31 y 34, así como los Acuerdos de dicha Corporación de 27 de febrero y 29 de mayo de 2002, de ratifi cación de los actos de aprobación y modifi cación de dicho convenio.
Y, siguiendo la tramitación del proceso de confl icto colectivo, acuerde una vez citados para la celebración del juicio, dictando sentencia por la que se anule y dejen sin efecto los artículos 13, 15, 19, 28, 31 y 34 del Convenio colectivo para el personal laboral, contratado y eventual del Ayuntamiento de T., así como, en cuanto dicha nulidad afecte, la de los Acuerdos de dicha Corporación de 27 de febrero y 29 de mayo de 2002, de ratifi cación de los actos de aprobación y modifi cación de dicho convenio.
|
|
|
|