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«... por Ley, la experimentación con embriones humanos, si bien se prohíbe la constitución de embriones humanos con fines de experimentación. En concreto, dispone el artículo 18 de dicho Convenio lo siguiente: «Experimentación con embriones 1. Cuando la experimentación con embriones in vitro esté admitida por la Ley, ésta deberá garantizar una protección adecuada del embrión.
2. Se prohíbe la constitución de embriones humanos con fines de experimentación.» De conformidad con dicho precepto, queda a la discrecionalidad de cada Estado Parte la regulación, en todo caso por Ley, de la experimentación sobre embriones in vitro, con la exigencia de jurídico indeterminado como es la «adecuada protección del embrión», y con prohibición de creación de embriones para fines distintos a los de la procreación humana. En consecuencia, en el ámbito del aludido Conve nio, los Estados Parte que decidan regular la experimentación sobre embriones in vitro habrán de circunscribir la regulación legal de dicha experimentación a los preembriones creados con fines reproductivos que no hayan sido finalmente aplicados a ese propósito.
Pese al contenido abierto del Convenio, el mismo no ha sido suscrito por el Reino Unido ni por la República Federal Alemana, ni ratificado por Francia ni Italia.
Ante la ausencia de una normativa internacional o europea común, se han promulgado diversas leyes en distintos países europeos que regulan, total o parcialmente, las actuaciones sobre embriones o sus células. Cabe citar entre ellas, en el Reino Unido, la Ley de 1 de noviembre de 1990, de Fertilización Humana y Embriología («Act on Human Fertilization and Embriology»); en la República Federal bre de 1990, de Protección de Embriones («Gesetz zum Schutz von Embryonen»); en Austria, la Ley de 12 de julio de 1994, sobre Técnica Genética («GentechnikGesetz»); de respeto al cuerpo humano («Loi relative au respect du corps humain»), y la Ley de 29 de julio de 1994, de donación y utilización de los elementos y productos del cuerpo humano, asistencia médica en la procreación y diagnóstico prenatal («Loi relative au don et à l’utilisation des élements et produits du corps humain, à l’ássitance médicale à la procréation et au diagnostic prénatal»).
60 722 Las regulaciones de los citados países adoptan soluciones del más variado género, siendo la más permisiva la del Reino Unido, que, partiendo de la configuración de la clonación reproductiva como delito, permite desde 1990 la creación de embriones humanos para la práctica de investigaciones, debidamente autorizadas, con el objetivo de aumentar el conocimiento sobre el desarrollo del embrión, sobre enfermedades graves o cualquier conocimiento que pueda ser aplicado para el tratamiento de enfermedades graves.
La legislación alemana prohíbe la creación de embriones humanos con cualquier fin distinto a la procreación humana, impide la crioconservación de embriones humanos y, por tanto, evita la existencia de embrio-... »
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