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Tribunal De Cuentas
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«... del Tribunal de Cuentas, considera que sería deseable, de lege ferenda, una clarificación normativa sobre la materia.
Cuarta.
En tanto dicha clarificación normativa no se produzca, y en tanto el Tribunal de Cuentas no se pronuncie directamente sobre la cuestión sentando un criterio claro y reiterado al respecto, razones de prudencia aconsejan atender el criterio expresado por dicho Tribunal en la Sentencia de 29 de septiembre de 1999, por quienes tienen atribuida la función de abonar las asistencias a que se refiere el artículo 31.1.a) del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de Indemnizaciones por razón de servicio.
II.
DERECHO CIVIL
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