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Concesiones Administrativas
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Escrito de contestación a la demanda que sostiene que la actuacion de una empresa concesionaria no excluye a una Corporación Municipal de la imputación de una infracción por vertido de aguas residuales en cauce publico, de conformidad con la regulacion de las concesiones en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, así como que tampoco exonera al Ayuntamiento la eventual previsión de construcción futura de otra instalación de depuración o tratamiento por la C. Autonoma
108 CONCESIONES ADMINISTRATIVAS 9. Infracción por vertido de aguas residuales en cauce público Escrito de contestación a la demanda que sostiene que la actua cion de una empresa concesionaria no excluye a una Corporación Municipal de la imputación de una infracción por vertido de aguas residuales en cauce publico, de conformidad con la regulacion de las concesiones en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, así como que tampoco exonera al Ayuntamiento la eventual previsión de construcción futura de otra instalación de depuración o tratamiento por la C. Autonoma 1.
A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA HECHOS 1. Como obra al folio 2 del expediente administrativo, la Corpora ción Municipal recurrente fue expresamente advertida por el Equipo de Protección de la Naturaleza de la Comandancia de la Guardia Civil de Ourense del hecho de que se iban a tomar las muestras del vertido de residuales al cauce del Río R., sin que tal aviso hubiese surtido efectos en cuanto a la presencia del Ayuntamiento citado en el momento del levantamiento del Acta de Recogida de Muestras. No obstante, como manifiesta la propia Acta, en el mismo folio 2 V del expediente administrativo, el Equipo de Protección de la Naturaleza tomó muestras para ser entregadas al Ayuntamiento para el caso de que esta Corporación desease realizar un análisis contradictorio.
2. La misma actuación de recogida de muestras documenta, como resultado de la inspección ocular realizada, convención de sus circunstancias, que se observa la existencia de abundantes lodos blancos y materias orgánicas, reflejando la no menos relevante circunstancia de que las 1 Escrito de contestación a la demanda elaborado el 1 de abril de 2003 por don Ángel Fenor de la Maza y Cornide-Quiroga, Abogado del Estado-Jefe en La Coruña.
109 9 aguas residuales no entran en la fosa séptica, saliendo por la alcantarilla que está situada antes de la entrada a la fosa, y que carece de tapa. A ello se añade en el propio documento que las fosas están llenas de residuos domésticos.
Al mismo folio al igual que al folio 3, obra que el Ayuntamiento no quiso enviar representante alguno que presenciase la recogida de las muestras del vertido, por lo que se le ofreció la oportunidad de realizar un análisis contradictorio del mismo, en momento hábil.
3. El vertido carece de toda autorización administrativa, produ ciendo los daños y el resultado contaminante que obra en el expediente administrativo que aquí se reproducen, al igual que el resultado de los análisis practicados sobre las muestras del vertido tomadas los días 31 de junio de 2001 y 16 de agosto de 2001 4. Al folio 21 del expediente administrativo se reconoce por el Ayuntamiento demandante, en las Alegaciones que efectúa en relación con el Pliego de Cargos, el hecho de los vertidos, tratando de justificar la situación en el carácter inabordable de la inversión económica que sería ... »
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