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Expropiación Forzosa
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"AVE. Vinculación hoja de aprecio. AVE sistema general-suelo urbanizable. No ""expectativas urbanísticas"" en suelo reconocida-mente rústico antes y después de la Revisión del Plan. Indemnizaciones cuantiosísimas".
392 32. Justiprecio. Expectativas urbanísticas AVE. Vinculación hoja de aprecio. AVE sistema general-suelo urbanizable. No «expectativas urbanísticas» en suelo reconocidamente rústico antes y después de la Revisión del Plan. Indemnizaciones cuantiosísimas 1.
HECHOS Único. Nos remitimos a los que resultan del expediente administrativo y sus ampliaciones, sin perjuicio de las puntualizaciones que efectuemos en los fundamentos jurídicos del presente escrito.
Contra el acuerdo de señalamiento del justiprecio dictado por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Zaragoza el día 15 de julio de 2002, se interpone el presente recurso contencioso-administrativo, en el que se formaliza escrito de demanda en súplica de que se dicte sentencia por la que, con estimación del recurso, se declare: «1.o Que la resolución recurrida resulta contraria al ordenamiento jurídico y, en consecuencia, revoque el justiprecio señalado en la resolución y lo deje sin efecto.
2.o Que procede señalarlo en el que resulte, según los criterios expuestos en los fundamentos de derecho y de las mediciones periciales propuestas, de la aplicación de la valoración del mismo Jurado para la obtención de Sistemas Generales en 16.993,60 pesetas antiguas o su equivalente actual en euros, aplicado a las zonas de dominio público, servidumbre y afección, en función estas últimas de sus correspondientes coeficientes correctores.
3.o Que procede indemnización por los deméritos sufridos en el resto de la finca, dirimiéndose su importe en este mismo proceso o en ejecución de sentencia.
4.o Que la valoración de estos perjuicios se debe de obtener de la superficie que resulte de la pericial topográfica practicada, multipli cada por el precio de tres mil pesetas metro cuadrado, señalado en los dictámenes emitidos por los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria acompañados, o por el emitido por el Perito designado por insacula1 Escrito de contestación a la demanda elaborado el 23 de octubre de 2003 por don José M. Sas Llaurado, Abogado del Estado Adjunto en Zaragoza.
393 ción en el proceso, en función de los coeficientes correctores, demandados o fijados por la Sala.
5.o Todo ello incrementado con el premio de afección del cinco por ciento, y en su caso, sobre el justiprecio fijado, se apliquen los intereses legales correspondientes.» Niego los hechos aducidos de contrario, en cuanto no resulten debidamente acreditados o no consten en el expediente administrativo o en sus ampliaciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO I.
La única cuestión controvertida en el presente recurso consiste en precisar si se acomoda al ordenamiento jurídico el acuerdo dictado por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Zaragoza, que puso fin a la vía administrativa seguida para el señalamiento del justiprecio correspon diente a la porción de terreno en litigio, expropiada por el Ministerio de Fomento con motivo de la obra indicada.
II. Previamente, sin embargo, habrán... »
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