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Montes de utilidad pública. Doble venta de inmueble transferido a la Comunidad autónoma catalana que previamente había sido declarado monte de utilidad pública e inscrito en el Catálogo de Montes del Estado. Nulidad del contrato. Revisión de Oficio *.
PATRIMONIO DEL ESTADO 21.
MONTES. DOBLE VENTA DE INMUEBLE DECLARADO MONTE DE UTILIDAD PÚBLICA E INSCRITO EN EL CATÁLOGO DE MONTES Montes de utilidad pública. Doble venta de inmueble transferido a la Comunidad autónoma catalana que previamente había sido declarado monte de utilidad pública e inscrito en el Catálogo de Montes del Estado. Nulidad del contrato. Revisión de Oficio*.
ANTECEDENTES 1.
En fecha 26 de mayo de 1992 se acordó por la Dirección General de Patrimonio del Estado la incoación de un expediente de investigación patrimonial referente a la finca descrita en el encabezamiento de este informe a raíz de la petición dirigida por los dueños de uno de los predios colindantes a la Sección de Patrimonio de la Delegación de Economía y Hacienda de Tarragona.
El mencionado expediente, tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 16 a 31 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio del Estado (RPE), concluyó con la resolución dictada por el Director General del Patrimonio del Estado el día 25 de septiembre de 1995 en la que se declaraba la titularidad del Estado de la mencionada finca, la cual quedaba calificada como bien patrimonial, inscribiéndose a continuación en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado.
En fecha 9 de octubre de 1995 se expide la correspondiente certificación de dominio del artículo 206 de la Ley Hipotecaria para permitir la inmatriculación de la finca y la inscripción del dominio a favor del Estado. Su presentación en el Registro de la Propiedad de Falset tiene lugar en fecha 20 de octubre de 1995, procediéndose a continuación a practicar la primera inscripción del inmueble a favor del Estado.
* Informe realizado por D. Leopoldo González-Echenique Castellanos de Ubao, Abogado del Estado en el Ministerio de Economía y Hacienda.
357 En virtud de sendas peticiones de los dueños de los predios colindantes fechadas los días 1 de febrero de 1996 y 22 de enero de 1997, se incoó el oportuno expediente de enajenación del inmueble; dicho expediente concluyó con la subasta celebrada el día 12 de noviembre de 1997 en la que resultó adjudicatario el único postor que ofreció el precio de salida de la finca, precio en el que había sido tasada por los servicios patrimoniales de la Delegación de Hacienda de Tarragona (1.221.000 ptas.).
En fecha 27 de noviembre de 1997 se dicta la resolución de adjudicación del inmueble en los términos resultantes de la subasta procediéndose al otorgamiento de escritura pública de compraventa el día 18 de marzo de 1998. Tal adquisición accedió al Registro de la Propiedad de Falset como segunda inscripción relativa a la finca num. 403, folio 19, libro 7, tomo 790, practicada el día 27 de junio de 1998.
2.
Sin embargo, con anterioridad a todos estos eventos, en fecha 24 de abril de 1968, se dictó, por el Director General de Agricultura, Caza y Pesca Fluvial del Ministerio de Agricultura, la Orden por la que, de acuerdo con la Ley de ... »
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