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Prevaricación
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«... CE, porque, a su juicio, el Real Decreto Ley 1/1997 y el Real Decreto 136/1997 no se ajustan a la normativa Comunitaria en materia de Telecomunicaciones. (Se adjunta dicha queja como documento núm. UNO) IV.
Iniciada la tramitación del expediente de inscripción a instancia de la querellante, la CMT dirige oficio de fecha 7 de febrero de 1997 a la Dirección General de Telecomunicaciones (en adelante DGT), en virtud de Acuerdo de igual fecha del Consejo, para que emita el informe preceptivo previsto en el artículo 2.4 del Real Decreto 136/1997.
V.
Con fecha 20 de febrero de 1997, C..., S.L. interesa nuevamente de la CMT su inscripción en el Registro con «carácter urgente».
Mediante sendos oficios de 24 y 25 de febrero de 1997, el Secretario de la Comisión requiere determinada documentación complementaria a C..., S.L., conforme al trámite de subsanación legalmente previsto. Una vez aportada dicha documentación complementaria, la misma es remitida por escritos del Secretario fechados el 4 de marzo de 1997 a la DGT, a efectos de la evacuación por ésta del informe solicitado el 7 de febrero anterior.
VI.
Con fecha 5 de marzo de 1997, la DGT remite a la CMT el informe reseñado con anterioridad, en el que se indica a modo de conclusión que «no ha sido acreditado que los aparatos, equipos, dispositivos o sistemas de telecomunicación que la citada entidad va a ofrecer o comercializar para la prestación del servicio de televisión digital, cumplan lo establecido en el Real Decreto Ley 1/1997, ni que se salvaguarden suficientemente los derechos de los consumidores en orden a la recepción de información y se garantice la pluralidad de ofertas de servicio y el régimen de libre competencia en el ámbito de la televisión digital».
800 56 VII.
Mediante escritos fechados el 10 y el 12 de marzo de 1997, C..., S.L. aporta a la CMT determinados documentos que constituyen, según se dice en tales escritos, «información adicional».
VIII.
Mediante escrito de fecha 24 de marzo de 1997, C..., S.L. se dirige nuevamente a la CMT poniendo de manifiesto su discrepancia con la conclusión contenida en el aludido informe de la DGT el y acompañando en calidad de «información adicional», nueva documentación «sobre los ejemplos prácticos de implantación del sistema simulcrypt liderados por empresas europeas de televisión digital» y recortes de prensa francesa que confirman, según su opinión, «el acuerdo de simultaneidad de los respectivos sistemas de acceso condicional».
IX.
Acordada la apertura de trámite de audiencia y puesto de manifiesto el expediente a las partes interesadas, C..., S.L., presenta escrito de fecha 10 de abril de 1997, comunicando dar por evacuado el trámite de audiencia y requiriendo de la CMT su urgente inscripción en el Registro.
Por su parte, D..., S.A., a quien la CMT le había otorgado la condición de interesada en el expediente con fecha 16 de marzo de 1997, presenta escrito de alegaciones de fecha... »
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