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Prevaricación
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«... de 3 de mayo, por Real Decreto Ley 16/1997, de 13 de septiembre, y dando por aportados como documentación justificativa de su pretensión cuantos documentos aportó en su día en el anterior expediente.(Se adjunta dicho escrito como documento núm. dos) Inmediatamente después de la presentación de esta segunda solicitud de inscripción, C..., S.L. dirige un escrito de fecha 21 de octubre de 1997, registro de entrada en la CMT de igual fecha, por el que, siguiendo la habitual estrategia procesal del Grupo editorial al que pertenece, solicita que se abstengan de intervenir en los procedimientos administrativos que se deriven de esta nueva solicitud, el Presidente de la Comisión, don J., así como los Vocales doña G., don J. y don J.J., contra quienes se sigue un procedimiento penal como consecuencia de la querella por prevaricación presentada por la propia C..., S.L. (Se adjunta dicho escrito como documento núm. tres).
XV.
Mediante providencia de ese Juzgado de fecha 31 de octubre de 1997, se acuerda dar traslado de la causa al Ministerio Fiscal para que se pronuncie sobre el procedimiento a seguir, a la vista de la acusación que, en su caso, vaya a sostener.
XVI.
Iniciada la tramitación del nuevo expediente de inscripción solicitada por C..., S.L. mediante escrito de 18 de noviembre de 1997 el Secretario de la CMT se dirige a la solicitante requiriendo remisión de determinada documentación. Mediante escrito fechado el 25 de noviembre siguiente, C..., S.L. remite a la CMT parte de la documentación solicitada y en concreto, aporta un dictamen emitido, casualmente, por el 802 56 mismo G.T. que depuso como testigo en la presente causa a instancia de la propia querellante.
XVII.
Con fecha 16 de enero de 1998 se recibe en la CMT informe preceptivo de la Secretaría General de Comunicaciones, solicitado el 2 de diciembre anterior, en el que se manifiesta que no está acreditado que el Algoritmo común Europeo esté implementado en el descodificador de C..., S.L. Asimismo, con fecha 20 de enero de 1998, la Dirección de Redes y Servicios de la CMT emite informe técnico en el que analiza la documentación obrante en el expediente, y que concluye, por lo que a esta causa interesa, de la siguiente forma: «no acredita suficientemente que el sistema de acceso condicional utilizado por C..., S.L. cuente con la capacidad técnica necesaria para realizar el transcontrol ni para permitir el acceso a los programadores independientes y entidades de difusión en general».
XVIII.
Con fecha 21 de enero se recibe en la CMT escrito de C..., S.L. en cuya virtud, tras entender que el plazo para resolver el expediente concluía el 20 de enero, solicita emisión de certificación de acto presunto por silencio positivo, que acredite la inscripción de la misma en el Registro de Operadores de Acceso Condicional.
XIX.
Cumplimentado el trámite de audiencia, en la sesión del Consejo de la CMT celebrado el 12 de febrero de 1998, día en que expira... »
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