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Impuesto De Transmisiones Patrimoniales Y Actos Jurídicos Documentados
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"Sujeción al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados -Modalidad Actos Jurídicos Documentados- de escritura pública de resolución de un contrato de ""leasing inmobiliario"". Determinación de la base imponible a efectos de la exigibilidad de las cuotas variables en dicho tributo * . "
682 IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS 47.
SUJECIÓN DE ESCRITURA PÚBLICA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE LEASING AL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS Sujeción al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados –Modalidad Actos Jurídicos Documentados– de escritura pública de resolución de un contrato de «leasing inmobiliario». Determinación de la base imponible a efectos de la exigibili dad de las cuotas variables en dicho tributo*.
HECHOS 1.
Es objeto de la presente reclamación económico administrativa, interpuesta el 28 de mayo de 1996, la liquidación tributaria núm. T5-31.684 practicada por la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía relativa al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e importe, incluidos intereses de demora, de 982.052 pesetas.
2.
Por escritura pública de veintiocho de octubre de 1994 otorgada ante el Notario de esta ciudad «x», número 6.147 de su protocolo, la entidad financiera aquí recurrente (en cuanto sucesora de «*») y la mercantil «*», resolvieron de mutuo acuerdo el contrato de arrendamiento financiero de bien inmueble que habían celebrado igualmente mediante escritura pública de veintiuno de diciembre de 1990 otorgada ante el también Notario de esta ciudad, «y», núm. 4.120 del protocolo de este último.
A los efectos de esta reclamación interesa señalar que, según la cláusula tercera del contrato de arrendamiento, el precio total pactado se fijó en la suma de 224.261.040 pesetas que habría de satisfacerse mediante el abono de 2.093.103 pesetas a la firma del contrato y el resto en pago men* Ponencia de Resolución realizada para el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía –Sala Desconcentrada de Málaga–, por D. Manuel Garrido Mora, Abogado del Estado –Secretario, y adoptada como resolución en sesión de 30 de octubre de 1998.
683 47 suales de igual importe con vencimiento el 21 de los sucesivos meses comprensivos entre enero de 1991 y noviembre del año 2000, otorgándose por la arrendadora financiera ahora reclamante una opción de compra sobre el inmueble objeto del contrato ejercitable mediante el abono de la suma de 16.500.000 pesetas, pactándose, finalmente, como causa de resolución del contrato la falta de pago de las rentas periódicas, en cuyo caso, y en concepto de cláusula penal, la arrendadora financiera podría percibir determinadas sumas en función del momento en que se produjera.
Celebrado el contrato de arrendamiento financiero a través de la escritura pública mencionada en segundo lugar, la entidad financiera ahora reclamante practicó a continuación y dentro del plazo reglamentariamente establecido, la oportuna autoliquidación por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, concretamente en su modalidad de «Actos Jurídicos Documentados», lo que generó... »
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