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Legislación »
Código Legislativo
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«... General del Poder Judicial es el órgano d e gobierno del mismo. La ley, orgánica establecerá su estatut o y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y su s funciones, en particular en materia de nombramientos, asce n sos, inspección y régimen disciplinario .
3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado po r el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y po r veinte miembros nombrados por el Rey por un período d e cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados d e todas las categorías judiciales, en los términos que estable z ca la ley orgánica; cuatro, a propuesta del Congreso de lo s Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos e n ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros , entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocid competencia y con más de quince años de ejercicio en s u profesión . Artículo 123 1. El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, e s el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salv o lo dispuesto en materia de garantías constitucionales .
2. El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por e l Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, e n la forma que determine la le y.
Artículo 124 1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones enc o mendadas a otros órganos, tiene por misión promover l acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los der e chos de los ciudadanos y del interés público tutelado por l a ley, de oficio o a petición de los interesados, así como vela r por la independencia de los Tribunales y procurar ante ésto s la satisfacción del interés social .
2. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órg a nos propios conforme a los principios de unidad de actuació y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a lo de legalidad e imparcialidad .
3. La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal 4. El Fiscal General del Estado será nombrado por el Re y, propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Pode Judicial .
Artículo 125 Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participa r en la Administración de Justicia mediante la institución de l Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos pen les que la ley determine, así como en los Tribunales consu e tudinarios y tradicionales .
Artículo 126 La policía judicial depende de los Jueces de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación de delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, e n los términos que la ley establezca .
Artículo 127 1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientra s se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargo s públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La le y establecerá el sistema y modalidades de asociación profesi o nal de los Jueces, Magistrados y Fiscales .
2. La ley establecerá el régimen de incompatibilidades de lo s miembros del poder judicial,... »
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Agustin Duran
26/08/2008
He leido la ley que antecede y me ha gustado la proteccion que da al consumidro, me habria gustado que esa proteccion se de al consumidor en mi pais, donde el consumidor esta librado a su suerte y no tiene adonde quejarse ni instancias legales para recurrir reclamando sus derchos.
Jaime
05/07/2008
¿que precio deben tener las piscinas publicas de castilla la mancha? ¿puede haber discriminacion en precio entre los censados y no censados en el municipio? en el caso de no poder existir esa discriminacion ¿donde puedo denunciarlo? mi correo es j.zapar@terra.es.
gracias
Oliverio Garcia M.
04/06/2008
Informacion sobre mis derechos,trabajo en una muebleria desde hace 10 años.
enviar informacion a sahor_y73@hotmail.com
Alexandra
30/05/2008
Como encuentro los puntos de constructor para proponentes
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