«... respecto a la resolución que en definitiva deba adoptarse.
Fallo: En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española, Ha decidido Otorgar el amparo solicitado por la entidad mercantil Petróleos del Norte, S.A. y, en consecuencia: 1.º Reconocer su derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
2.º Declarar la nulidad de la Sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictada el 7 de abril de 2003 en el recurso de casación núm. 982/98.
3.º Retrotraer las actuaciones judiciales al momento anterior al de dictar sentencia con el objeto de que el referido órgano judicial, con respeto al derecho fundamental reconocido, dicte la resolución que proceda.
Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado".
Dada en Madrid, a diez de octubre de dos mil cinco.-María Emilia Casas Baamonde.
-Javier Delgado Barrio.-Roberto García-Calvo y Montiel.-Jorge Rodríguez-Zapata Pérez.-Manuel Aragón Reyes.-Pablo Pérez Tremps.-Firmado y rubricado.