Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
189/1997
Fecha : 10/11/1997
Publicación Boe :
19971212 [«boe» Núm. 297]
Numero de Registro :
856/1995
Ponente :
Don Carles Viver Pi-sunyer
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Gabaldón, García-mon, De Mendizábal, González,
Viver Y Vives.
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Extracto: 1. Se reitera doctrina de nuestra STC 38/1997, en relación con los efectos de la STC 45/1989 [F. J. 2].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don José Gabaldón López, Presidente, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González-Campos, don Carles Viver Pi-Sunyer y don Tomás S Vives Antón, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 856/95, interpuesto por don José Huguet Novell, representado por el Procurador de los Tribunales don José Luis Pérez-Sirera y Bosch-Labrus y asistido por el Letrado don Josep Just i Sarobé, contra la Sentencia de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 4 de noviembre de 1994, confirmatoria en apelación de la Sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 474/91, de 9 de julio, desestimatoria del recurso interpuesto al amparo de la Ley 62/1978 contra los Acuerdos de la Delegación de Hacienda de Tarragona, de 17 de enero de 1991, de sanción y de liquidación de intereses de demora en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (ejercicios de 1986 y 1987). Han intervenido el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Carles Viver Pi-Sunyer, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el día 10 de marzo de 1995, don José Luis Pérez-Sirera y Bosch-Labrus, Procurador de los Tribunales, interpone recurso de amparo en nombre de don José Huguet Novell contra las Resoluciones de las que se hace mérito en el encabezamiento.
2. Los hechos relevantes para el examen de la pretensión de amparo son, en síntesis, los siguientes: A) Mediante Acuerdos de 17 de enero de 1991, la Delegación de Hacienda de Tarragona impuso al hoy recurrente dos sanciones, de 2.150.816 y 360.044 pesetas, respectivamente, en relación con el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a los ejercicios de 1986 y 1987. Los Acuerdos incluían, además, como liquidación de los intereses de demora, que el recurrente debía pagar las cantidades de 451.046 y 141.808 pesetas.
B) Don José Huguet Novell promovió, al amparo de la Ley 62/1978, recurso contencioso-administrativo de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona. Alegaba vulneración del principio de legalidad sancionadora del art. 25.1 C.E. por aplicación retroactiva de la Ley 20/1989, de 28 de julio, con posterioridad a la STC 45/1989, que habría hecho desaparecer los preceptos necesarios para la cuantificación de la obligación tributaria y, consiguientemente, para la integración del tipo de la infracción apreciada. Dicho recurso fue desestimado por Sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior... »
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