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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 10/04/2000
Numero de Referencia :
99/2000
Publicación Boe :
20000518 [«boe» Núm. 119]
Ponente :
Don Vicente Conde Martín De Hijas
Sala :
Sala Segunda
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Extracto: Promovido por don Antonio Aguilar Membrado frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que, estimando un recurso de apelación interpuesto por la Administración general del Estado, confirmó la sanción de multa impuesta por infracción tributaria cometida en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 1984.
Supuesta vulneración del derecho a la legalidad de las sanciones administrativas, y vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: sentencia de apelación que no revisa una sanción tributaria, en aplicación de una reforma legal de 1995, a pesar del mandato imperativo de su disposición transitoria. Voto particular.
1. Que la Sentencia recurrida omita toda consideración acerca de la Ley 25/1995, cuya Disposición transitoria imponía la revisión de las sanciones tributarias que no hubieran adquirido firmeza, evidencia la falta de razonabilidad de su fundamentación, al prescindir del Derecho vigente, conforme al cual, por exigencias de los arts. 9.3 y 117.1 CE, debía haber decidido la cuestión (SSTC 177/1994, 203/1994) [FJ 6].
2. El que la Sentencia no aplicase la Ley que estaba obligado a aplicar en el enjuiciamiento del acto sobre el que se pronunciaba, realizando dicho enjuiciamiento sobre la base de una Ley que había dejado de ser aplicable al caso, no es problema de congruencia, sino de razonabilidad [FJ 6].
3. La jurisprudencia de este Tribunal viene negando la posible inclusión del principio de retroactividad de la ley penal más favorable en el art. 25.1 CE ( SSTC 14/1981, 177/1994) [FJ 5].
4. El cambio de encuadramiento constitucional de las alegaciones de parte se corresponde con el criterio de flexibilidad en la tutela de los derechos fundamentales (SSTC 59/1987, 262/1988) [FJ 6].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente; don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4.245/96, promovido por don Antonio Aguilar Membrado, bajo la representación procesal de la Procuradora de los Tribunales do±a Aurora Gómez Iglesias y asistido por el Letrado don Carmelo Pérez Moneo, contra la Sentencia de la Sección Segunda de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 1995, recaída en el recurso contencioso-administrativo 2/7154/1991, por la que se desestima el recurso interpuesto contra la Sentencia de 25 de mayo de 1991 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, desestimatoria del recurso instado contra la Resolución de 28 de junio de 1990 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón. Han comparecido el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el... »
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