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SENTENCIA
Numero de Referencia :
338/2006
Fecha : 11/12/2006
Publicación Boe :
20070116
Numero de Registro :
3891-2003/
Ponente :
Don Guillermo Jiménez Sánchez
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Interpuesto por don José Manuel Grande Morlán frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que desestimó su demanda contra el Consejo de la Abogacía Gallega y el Colegio de Abogados de Ferrol sobre sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía.
Vulneración del derecho a la libertad de expresión en el ejercicio de la defensa letrada: corrección disciplinaria a un abogado por las críticas vertidas en un escrito forense a otros colegas que no incurren en descalificaciones personales ( STC 157/1996).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente; don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3891-2003, interpuesto por don José Manuel Grande Morlán, representado por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén y asistido por la Letrada doña Gloria María Santalla Quintana, contra la Sentencia dictada el 18 de octubre de 2000 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia desestimatoria del recurso contencioso-administrativo deducido contra la Resolución del Consejo de la Abogacía Gallega de 14 de enero de 1998 que, estimando parcialmente el recurso ordinario deducido contra el de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Ferrol de 8 de abril de 1997, rebajó la sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía que había sido impuesta al recurrente de cuatro meses a quince días. Ha sido parte el Consejo de la Abogacía Gallega, representado por la Procuradora doña Silvia Vázquez Senin y defendido por el Letrado don Sergio Aramburu Guillán. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Guillermo Jiménez Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 13 de junio de 2003 el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en representación de don José Manuel Grande Morlán, formuló demanda de amparo frente a la Sentencia y a las resoluciones de la Administración corporativa de las que se hace mérito en el encabezamiento.
2. Los hechos relevantes para la resolución de la presente demanda de amparo son, sucintamente expuestos, los siguientes: a) En el procedimiento judicial sumario ejecutivo del artículo 131 de la Ley hipotecaria que se tramitaba con el núm. 21/94 ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Ferrol, a instancia del Banco Pastor bajo la defensa técnica del entonces Decano del Colegio de Abogados de Ferrol, contra don Jesús —ngel Rodríguez Cupeiro, éste interesó el nombramiento de Abogado del turno de oficio. La Letrada designada a tal efecto, doña Manuela Santos Pita, emitió informe justificativo de ... »
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