Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
255/2006
Fecha : 11/09/2006
Publicación Boe :
20061011
Numero de Registro :
1614-2003/
Ponente :
Don Pablo Pérez Tremps
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
|
|
«... el segundo de los apellidos. Del mismo modo, que a partir de ello no resulta posible afirmar que el recurrente tuvo un conocimiento real del emplazamiento o de que mantuvo un comportamiento absolutamente negligente en relación con este acto de comunicación, se deriva, como destaca el Ministerio Fiscal, del hecho de que, aunque se hubiera verificado por parte de la receptora de la notificación la entrega a la persona a quien la dirigió el Juzgado, ésta, a pesar de la convivencia con el recurrente, no tendría por qué haber tenido conocimiento de que el real destinatario era otro habitante del domicilio, máxime teniendo en cuenta que en la resolución notificada, el Auto de 13 de junio de 2002, tampoco se hacía identificación alguna de quien era el denunciado.
Por tanto, procede otorgar el amparo al recurrente, lo que implica la nulidad de las resoluciones impugnadas y la retroacción de actuaciones para que se lleve a efecto el emplazamiento al recurrente para la celebración del juicio de faltas con respeto al derecho constitucional vulnerado.
Fallo: En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española, Ha decidido Otorgar a don Plácido García Ortiz el amparo solicitado y, en consecuencia: 1.º Reconocer su derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
2.º Declarar la nulidad de la Sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona de 20 de enero de 2003, dictada en el rollo de apelación núm. 38-2003, y de la Sentencia del Juzgado de Instrucción núm. 5 de Mataró de 26 de septiembre de 2002, dictada en el juicio de faltas núm. 369-2002.
3.º Retrotraer las actuaciones al momento de la citación para la celebración del juicio de faltas para que se realice con respeto al derecho fundamental reconocido.
Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado".
Dada en Madrid, a once de septiembre de dos mil seis.-María Emilia Casas Baamonde.-Javier Delgado Barrio.-Roberto García-Calvo y Montiel.-Jorge Rodríguez-Zapata Pérez.-Manuel Aragón Reyes.-Pablo Pérez Tremps. Firmado y rubricado.
|
|
|
|