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Recurso De Amparo. »
FECHA : 12/02/2007
Numero de Referencia :
28/2007
Publicación Boe :
20070314
Ponente :
Don Jorge Rodríguez-zapata Pérez
Sala :
Sala Primera.
Extracto: Promovido por doña Montserrat Álvarez Llaneza frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Asturias y de un Juzgado de lo Penal de Gijón que la condenaron por delito de estafa.
Alegada vulneración del derecho a un juez imparcial y supuesta vulneración de los derechos a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva: omisión de recusación; condena fundada en pruebas de cargo; pena motivada.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta; don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4190-2004, promovido por doña Montserrat Álvarez Llaneza, representada por el Procurador de los Tribunales don Luis Carrera de Egaña y asistida por el Letrado don Luis Solano Martínez de Azcoitia, contra la Sentencia de 8 de marzo de 2004, del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Gijón, que le condenó tras considerarla autora de un delito de estafa, y la Sentencia de 28 de mayo de 2004, de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, que en el rollo de apelación núm. 130-2004 ratificó su condena. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y don Manuel, doña Eloína y doña Blanca Amelia Blanco Fanjul, representados por la Procuradora doña Teresa López Roses y asistidos del Letrado don Francisco Javier Hernández Huerta, y el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro de este Tribunal el pasado 29 de junio de 2004, doña Montserrat Álvarez Llaneza, a través de su Procurador, formuló demanda de amparo contra las Sentencias penales condenatorias reseñadas en el encabezamiento que, tras considerarla autora de un delito de estafa, le impusieron la pena de dos años y seis meses de privación de libertad, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo y pago de costas, declarando, al tiempo, su responsabilidad civil por importe de 14.598,58 euros.
2. El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes que, a continuación, se exponen sucintamente: a) Contra la recurrente presentó denuncia don Gerardo Blanco Menéndez, imputándole haberle pedido dinero en varias ocasiones bajo la excusa de tener que atender a diversos familiares enfermos, peticiones a las que accedió, entregándole una suma aproximada de dos millones y medio de pesetas hasta que llegó a conocer que las aducidas enfermedades eran falsas y que la denunciada utilizaba también nombre falso en sus relaciones con el denunciante.
b) Incoado proceso de investigación del hecho denunciado, y tras la práctica de diversas diligencias, por Auto de... »
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