Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
41/1996
Fecha : 12/03/1996
Publicación Boe :
19960417 [«boe» Núm. 93]
Numero de Registro :
448/1995
Ponente :
Don Alvaro Rodríguez Bereijo
Sala :
Sala Primera: Excmos. Sres. Rodríguez, Gimeno, Cruz, Ruiz, Jiménez De
Parga Y Delgado.
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«...prisión y multa por delito contra la salud pública para la señora Utrera, frente a cuya petición prestó su conformidad dicha acusada. Asimismo solicitó la suspensión del juicio con respecto a los otros dos acusados. Los Letrados defensores se manifestaron conformes.
En consecuencia, el Presidente declaró el juicio visto para Sentencia con respecto a doña María Angeles Utrera, y acordó la suspensión para los otros dos, dictándose Auto de prisión y busca y captura contra don José Jiménez Moreno.
e) Por Sentencia de 1 de diciembre de 1994, doña María Angeles Utrera Amador fue condenada a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión, así como a la de multa de un millón de pesetas, con veinte días de arresto sustitutorio, de conformidad con la aceptada por las partes (art. 793.3 L.E.Crim.).
f) El día 15 de diciembre de 1994, la defensa del señor Cortés Heredia presentó la primera solicitud de libertad provisional, tras llevar diez meses de prisión preventiva.
El Fiscal emitió informe manuscrito el día 22 interesando el mantenimiento de la situación personal del encausado «a la vista del delito imputado, pena solicitada y concurrencia de la agravante art. 10.15 C.P. y ser de aplicación los arts. 503 y 504 L.E.Crim.» Asimismo, el Fiscal interesó la pronta celebración del juicio oral.
La Sección acordó denegar la libertad provisional del señor Cortés, por providencia de 28 de diciembre de 1994 impugnada en amparo.
g) El 9 de enero de 1995, la defensa del demandante de amparo reiteró su solicitud de libertad, pidiendo que fuera resuelta mediante Auto.
La Sección la denegó por nueva providencia de 13 de enero de 1995.
h) El 25 de enero de 1995, la Sección dictó Auto de prisión provisional contra el acusado don José Jiménez Moreno. En la misma fecha, emitió requisitorias de busca y captura contra él, comunicadas al Director de la Seguridad del Estado y a la Jefatura Técnica de la Policía Judicial de la Guardia Civil, ambas en Madrid.
i) El 12 de marzo de 1995, el interno señor Cortés solicitó su libertad por conducto del Director de la prisión. En su escrito exponía que llevaba ya en prisión provisional un año y diecinueve días, y transcribía el art. 504 L.E.Crim. Añadiendo que la vulneración de sus derechos era flagrante, por haber sobrepasado su situación de prisión el límite máximo legal.
La Sección acordó, por providencia de 22 de marzo de 1995, que «no ha lugar a lo solicitado por el acusado».
j) El 22 de mayo de 1995, visto que hasta esa fecha no se había recibido oficio de la Dirección General de la Seguridad del Estado informando acerca de la busca y captura del acusado, se acordó reiterarlo.
Obran después en las actuaciones sendos oficios de la Guardia Civil, de 16 de febrero, y de la Dirección General de la Policía, con fecha de 11 de mayo, acusando recibido de la requisitoria y comunicando el inicio de la búsqueda.
Con informe favorable del Fiscal, la Sección declaró la rebeldía del ... »
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