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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 12/06/2000
Numero de Referencia :
159/2000
Publicación Boe :
20000711 [«boe» Núm. 165]
Ponente :
Don Julio Diego González Campos
Sala :
Sala Segunda
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Extracto: Promovido por Fénix Directo, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., respecto a los Autos dictados por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca para aclarar la Sentencia que había pronunciado en grado de apelación de un juicio de faltas por accidente de tráfico.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (intangibilidad de las Sentencias firmes): aclaración sobre el conductor culpable del accidente que da lugar a estimar un recurso de apelación, previamente desestimado; y aclaración sobre un perjudicado, que da lugar a declarar nuevas responsabilidades civiles.
1. -El Auto de aclaración de la Audiencia Provincial no sólo ha corregido el error relativo a la persona que conducía el vehículo que llevó a cabo el adelantamiento, sino que ha modificado sustancialmente tanto la fundamentación jurídica de la Sentencia como su parte dispositiva, estimando el recurso de apelación que antes se había desestimado y sustituyendo por otra la persona que allí fue condenada. Lo que claramente entraña una lesión del derecho a la tutela judicial efectiva [FJ 3].
2. El Auto que resolvió tres recursos de súplica contra la aclaración de Sentencia también vulneró el art. 24.1 CE, pues amplió los pronunciamientos de la Sentencia de apelación, tras introducir una nueva fundamentación sobre una indemnización que no habría sido aludida en ésta [FJ 4].
3. Jurisprudencia constitucional sobre las facultades de aclaración de las resoluciones judiciales (SSTC 82/1995, 48/1999, 53/2000) [FJ 3].
4. Distingue la STC 19/1995 [FFJJ 3 y 4].
5. Las partes no pueden ampliar en el trámite de alegaciones del art. 52.1 LOTC la queja constitucional (SSTC 74/1985 y 291/1993), por lo que la petición del Ministerio Fiscal no puede ser acogida [FJ 2].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Carles Viver Pi-Sunyer, Presidente; don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Vicente Conde Martín de Hijas y don Guillermo Jiménez Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo 4.222/97, interpuesto por la entidad «Fénix Directo, Compa±ía de Seguros y Reaseguros, S. A.», representada por la Procuradora de los Tribunales do±a María Teresa Puente Méndez y asistida de la Letrada do±a Isabel Ballester Sancho, contra el Auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca el 19 de septiembre de 1997 por el que se inadmite recurso de súplica contra el Auto dictado por el mismo órgano jurisdiccional el 31 de julio de 1997, en aclaración de la Sentencia recaída en recurso de apelación ante la mencionada Sección de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca el 30 de junio de 1997. Han sido parte don Antonio Yelo Pérez y don Cristóbal Moriel Durán, representados por la Procuradora de los Tribunales do±a Isabel Julia Corujo y asistidos del Letrado don ... »
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