|
Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 13/03/2006
Numero de Referencia :
72/2006
Publicación Boe :
20060418
Ponente :
Don Pablo Pérez Tremps
Sala :
Sala Primera.
|
|
Extracto: Promovido por don Joan Alfred Mengual Cabanes frente al Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que denegó su personación y su sobreseimiento libre en causa por delito de colaboración con banda armada.
Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva (acceso al proceso) y a la presunción de inocencia: legitimación para actuar en el proceso penal de quien no ha sido procesado; resolución judicial que da fin a la situación de imputado y a cualquier medida cautelar, aunque no sea de sobreseimiento libre.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 5959-2002, promovido por don Joan Alfred Mengual Cabanes, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Esther Rodríguez Pérez y bajo la dirección del Letrado don José Luis Galán Martín, contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 30 de septiembre de 2002, que desestima el recurso de súplica interpuesto contra la providencia de 5 de septiembre de 2002, dictada en rollo núm. 1-2001, en la que se acordó no haber lugar a las peticiones de tener por personado al recurrente y de sobreseimiento libre y parcial respecto del mismo. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Pérez Tremps, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el 24 de octubre de 2002 la Procuradora de los Tribunales doña Esther Rodríguez Pérez, en nombre y representación de don Joan Alfred Mengual Cabanes, y bajo la dirección del Letrado don José Luis Galán Martín, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales citadas en el encabezamiento.
2. La demanda de amparo tiene su origen en los siguientes antecedentes: a) El recurrente fue detenido el 10 de noviembre de 2000 en el marco de las investigaciones desarrolladas por delito de pertenencia a banda armada en las diligencias previas 263-2000 por el Juzgado Central de Instrucción núm. 6. Tras acordarse por Auto de esa misma fecha su incomunicación, fue puesto a disposición judicial el 14 de noviembre de 2004, en que se le comunicó su imputación por delito de colaboración con banda armada y se decretó su libertad provisional sin fianza y con determinadas medidas aseguratorias.
b) El recurrente solicitó al Juzgado el 13 de diciembre de 2000 que se dictara Auto de sobreseimiento parcial, por no ser su conducta constitutiva de delito.
El Juzgado, por Auto de 10 de enero de 2001, acordó que las diligencias previas se transformaran en sumario, que se tramitó con el núm. 1-2001 y, en consecuencia, que no había lugar a resolver sobre... »
|
|