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SENTENCIA
Numero de Referencia :
25/2005
Fecha : 14/02/2005
Publicación Boe :
20050323
Numero de Registro :
2123-2001/
Ponente :
Don Roberto García-calvo Y Montiel
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Ion Altuna Sagastume, sustituido luego por sus padres, frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa que le condenó por un delito de homicidio imprudente. Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia, y vulneración del derecho a la intimidad personal: intervención judicial de análisis médicos realizados en el curso de la asistencia prestada en un hospital al reo sin motivación; condena fundada en pruebas de cargo independientes. Voto particular concurrente.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2123-2001, promovido por don Ion Altuna Sagastume, sustituido tras su fallecimiento por don José Cruz Altuna Usabiaga y doña María Cruz Sagastume Lizarza, representados por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Morales Price y asistidos por el Abogado don Pedro —ñiguez de Heredia Quintana, contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección Segunda, de fecha 12 de marzo de 2001, recaída en rollo de apelación número 2123-2000. Ha intervenido el Ministerio Fiscal, y ha comparecido doña Ana María Elizalde Ganzarain, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Soledad Paloma Muelas García. Ha sido Ponente el Magistrado don Roberto García-Calvo y Montiel, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 11 de abril de 2001, don Eduardo Morales Price, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Ion Altuna Sagastume, interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial a la que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta Sentencia. Dicha Sentencia revocaba parcialmente, en cuanto a los pronunciamientos correspondientes a la responsabilidad civil, la dictada previamente por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de los de San Sebastián, el día 28 de marzo de 2000, en el procedimiento núm. 567/99, que condenó al demandante como autor responsable de un delito de homicidio por imprudencia grave, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad de minoría de edad, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año, costas procesales, y a abonar determinadas indemnizaciones a los perjudicados, declarando la responsabilidad civil subsidiaria de los padres del acusado, que era menor de edad, y la responsabilidad civil directa de la entidad aseguradora.
2. El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes,... »
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