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Recurso De Amparo. »
FECHA : 14/03/2005
Numero de Referencia :
60/2005
Publicación Boe :
20050419
Ponente :
Don Pascual Sala Sánchez
Sala :
Sala Segunda.
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Extracto: Promovido por la Unión General de Trabajadores del País Valenciano frente a la Sentencia de un Juzgado de lo Social de Valencia que declaró nulas las elecciones sindicales celebradas en la empresa Sillas Santa Lucía, S.L.
Vulneración del derecho a la libertad sindical: STC 36/2004. Voto particular.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 954-2002 promovido por la Unión General de Trabajadores del País Valenciano (UGT-PV), representada por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Cañedo Vega y asistida por la Letrada doña Ana María Mejías García, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, de 25 de enero de 2002, en autos núm. 1151-2001 sobre materia electoral. Ha comparecido y formulado alegaciones el Sindicato Independiente de la Comunidad Valenciana, representado por el Procurador de los Tribunales don Luis Carreras de Egaña y asistido del Letrado don José Francisco Pérez Llopis, y el Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente el Magistrado don Pascual Sala Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General del Tribunal Constitucional el día 20 de febrero de 2002, doña Isabel Cañedo Vega, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación la Unión General de Trabajadores del País Valenciano (UGT-PV), interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial a la que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. Constituyen la base de la demanda los siguientes antecedentes de hecho: a) Con fecha de 2 de octubre de 2001 el Sindicato Unión General de Trabajadores del País Valenciano (UGT-PV) presentó ante la Oficina Pública de Elecciones Sindicales de Valencia preaviso para la realización de elecciones a representantes de los trabajadores en la empresa "Sillas Santa Lucía, S.L.", con domicilio en C/ Santa Lucía, núm. 2, de L'Olleria, Valencia, que cuenta con una plantilla de diez trabajadores.
b) La oficina pública expuso en el tablón de anuncios habilitado al efecto copia del mencionado preaviso dentro del siguiente día hábil a su registro. En igual plazo se incluyó copia del preaviso en la carpeta que en la oficina pública tiene a su disposición el Sindicato Independiente.
c) Constituida la mesa electoral, el día 6 de noviembre de 2001 se efectuó la votación y el escrutinio, votando los diez trabajadores de la empresa y resultando elegido por nueve votos el candidato presentado por UGT. El acta de escrutinio se presentó en la oficina pública el día 9 de noviembre de 2001 y fue puesta a disposición el siguiente día hábil (12 de noviembre).
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