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SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 14/03/2005
Numero de Referencia :
62/2005
Publicación Boe :
20050419
Ponente :
Doña Elisa Pérez Vera
Sala :
Sala Segunda.
Extracto: Promovido por don Enrique Muñoz Gordillo respecto a los Autos de un Juzgado y de la Audiencia Provincial de Barcelona que acor-daron su prisión provisional por quebrantamiento de una orden judicial de alejamiento.
Vulneración de los derechos a la libertad personal y a la tutela judicial sin indefensión: prisión provisional insuficientemente motivada, pues ni expresa el peligro cierto que corría la esposa del reo ni resolvió sobre la prueba solicitada reiteradamente sobre ese punto. Voto particular concurrente.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 6520-2002, promovido por don Enrique Muñoz Gordillo, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Ana de la Corte Macías y asistido por el Abogado don José Ramón Sorní Bustinduy, contra el Auto de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona de 29 de octubre de 2002, por el que se confirmó en apelación el ingreso del recurrente en prisión provisional comunicada y sin fianza por motivo del quebrantamiento de una orden judicial de alejamiento. Ha comparecido la Procuradora de los Tribunales doña Paloma Gutiérrez Paris, en nombre y representación de doña Josefa Benítez Ferrer y asistida de la Letrada doña María Luisa P. Bautista Alonso. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal con fecha de 19 de noviembre de 2002, el demandante de amparo manifestó su intención de interponer recurso de amparo contra el Auto de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona de 29 de octubre de 2002, por el que se confirmó en apelación el Auto del Juzgado de lo Penal núm. 2 de El Prat de Llobregat de 25 de junio de ese mismo año, decretando su ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza, a cuyo efecto solicitaba que le fuera designado un Procurador del turno de oficio. Una vez producida la designación solicitada en la persona de la Procuradora de los Tribunales doña Ana de la Corte Macías, la demanda de amparo fue formalizada por escrito presentado en el Juzgado de guardia el 12 de febrero de 2003 y registrado en este Tribunal el día 14 de ese mismo mes y año.
2. La demanda de amparo se basa sustancialmente en los siguientes hechos: a) Con fecha de 25 de junio de 2002, el Juzgado de lo Penal núm. 2 de El Prat de Llobregat dictó un Auto por el que decretaba el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del demandante de amparo por razón de la comisión de un delito de quebrantamiento de medida cautelar del art. 468 CP.
Presentado recurso de reforma... »
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