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SENTENCIA
Numero de Referencia :
66/1988
Fecha : 14/04/1988
Publicación Boe :
19880504 [«boe» Núm. 107]
Numero de Registro :
931/1985
Ponente :
Doña Gloria Begué Cantón
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Begué, Latorre, García-mon, De La Vega,
Leguina Y López.
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Extracto: 1. Es doctrina reiterada de este Tribunal que en el art. 24.1 C.E. se reconoce el derecho a utilizar los recursos que las leyes establecen contra las resoluciones judiciales, y a que el órgano judicial que revise el proceso decida conforme a lo alegado por las partes, oídas contradictoriamente, sin que pueda justificarse la resolución judicial «inaudita parte» más que en el caso de incomparecencia por voluntad expresa o tácita, o por negligencia imputable a alguna parte.
2. La comparecencia extemporánea del apelado en segunda instancia, si bien le impide participar en el trámite de instrucción (arts. 792, regla 3.ª, y 229, ambos de la L.E.Cr.) e intervenir, en su caso, en la actividad probatoria que eventualmente se practique en dicha instancia (art. 792, regla 5.ª), no le priva -en una interpretación del art. 792, regla 6.ª, de la L.E.Cr. conforme con la efectividad del derecho de defensade su derecho a intervenir en la vista de apelación.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por doña Gloria Begué Cantón, Presidenta; don Angel Latorre Segura, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Carlos de la Vega Benayas, don Jesús Leguina Villa y don Luis López Guerra, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 931/1985, promovido por don Duguneh Jerreh, don Yarra Susso, don Baku Sidibeh, don Ousman Touray, don Kissima Trawalli y don Mankamang Cámara, representados por el Procurador de los Tribunales don Emilio Alvarez Zancada y asistidos por el Letrado don José María Manté Spá, contra la providencia de 16 de abril de 1985 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona (procedimiento oral núm. 125/1983, Juzgado de Instrucción núm. 2 de Mataró), confirmada en súplica por Auto de 2 de octubre de 1985. Han comparecido el Ministerio Fiscal y don Miguel José Armengol Viñallonga, representado por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén y asistido por el Letrado don Pedro Trepat Guañabes, y ha sido Ponente la Magistrada doña Gloria Begué Cantón, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito que tiene entrada en el Registro General el 25 de octubre de 1985, el Procurador de los Tribunales don Emilio Alvarez Zancada interpone, en nombre y representación de don Duguneh Jerreh, don Yarra Susso, don Baku Sidibeh, don Ousman Touray, don Kissima Trawalli y don Mankamang Cámara, recurso de amparo contra el Auto dictado el 2 de octubre de 1985 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, que desestimó el recurso de súplica por ellos interpuesto y confirmó la providencia de 16 de abril de 1985, denegatoria del incidente de nulidad de actuaciones promovido en el rollo de apelación núm. 56/1984.
2. Los hechos a los que se contrae la demanda son, en síntesis, los siguientes: a) El Juzgado de Instrucción núm. 2 de Mataró incoó las diligencias previas núm. ... »
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