|
Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 14/09/1999
Numero de Referencia :
156/1999
Publicación Boe :
19991019 [«boe» Núm. 250]
Ponente :
Don Manuel Jiménez De Parga Y Cabrera
Sala :
Sala Primera: Excmos. Sres. Cruz Villalón, Jiménez De Parga Y Cabrera,
García Manzano, Cachón Villar, Garrido Falla Y Casas Baamonde.
|
|
Extracto: 1. Se aplica la doctrina de la Sentencia de Pleno 227/1998.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Pedro Cruz Villalón, Presidente, don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Fernando Garrido Falla y doña María Emilia Casas Baamonde, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 364/97, interpuesto por don Pedro López Meca, representado por la Procuradora doña Amparo Díez Espí, y asistido por el Abogado don Leopoldo J. B. García Quinteiro, contra el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 1996, que acordó la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina, seguido con el núm. 1.
151/96, intentado contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 14 de octubre de 1995, objeto igualmente de este recurso de amparo. Esta última Sentencia estimó el recurso de suplicación, tramitado con el núm. 2.251/95, interpuesto frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número 18 de Barcelona de 13 de noviembre de 1995, que, en los Autos núm. 1.109/94, había declarado procedente el despido del hoy actor. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y ha sido parte «Transportes Helguera, Sociedad Anónima» (UNIEXPRESS), representada por el Procurador don Francisco José Abajo Abril y defendida por el Abogado don Sérvulo Baños. Ha sido ponente el Magistrado don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el día 31 de enero de 1997 la Procuradora de los Tribunales doña Amparo Díez Espí, en nombre y representación de don Pedro López Meca, formuló demanda de amparo constitucional contra las resoluciones de que queda hecho mérito en el encabezamiento.
2. Los hechos de que trae causa la demanda de amparo relevantes para la resolución del caso son, en síntesis, los siguientes: a) El recurrente en amparo prestaba servicios para la empresa «TNT Express España, Sociedad Anónima», dedicada al transporte urgente de mercancía por carretera. La relación fue extinguida por la empleadora, alegando agresiones verbales del trabajador, el cual demandó judicialmente por despido, cuya calificación requería previamente la declaración de laboralidad del contrato.
La Sentencia del Juzgado de lo Social número 18 de Barcelona de 13 de enero de 1995 reconoció el carácter laboral de la relación y calificó de procedente el despido. El órgano judicial manifestó que se trataba de una «[...] prestación de servicios en reparto de paquetería y mercancía realizados por cuenta de una empresa a cambio de su retribución y bajo su dependencia, utilizando un vehículo propio, en la que la empresa fija a su conveniencia la ruta a seguir, asigna la mercancía que ha de ser entregada, contrata directamente con los clientes... »
|
|