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SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 15/12/2003
Numero de Referencia :
221/2003
Publicación Boe :
20040120
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
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Extracto: Promovido por don Jesús Gil de Paredes frente al Auto y la Sentencia de las Salas de lo Social del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en pleito contra la Seguridad Social sobre situación de invalidez.
Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: admisión de recurso de suplicación de la contraparte, cuyo término inicial no constaba fehacientemente; inadmisión de recurso de casación social.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Pablo García Manzano, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel y don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 5743-2000, promovido por don Jesús Gil de Paredes, representado por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Morales Price y asistido por el Abogado don Francisco Javier Martínez Franco, contra el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de fecha 27 de junio de 2000, dictado en el recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 2673/99 interpuesto frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 22 de diciembre de 1998, estimatoria del recurso de suplicación núm. 5886/98 formalizado contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 27 de Madrid, de 25 de noviembre de 1996, recaída en procedimiento núm. 268/96 sobre invalidez, así como contra los Autos de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 16 de julio de 1997, dictado en el recurso de queja núm. 2461/97 interpuesto frente al Auto de 17 de marzo de 1997 del Juzgado de lo Social núm. 27, que estima recurso de reposición contra providencia de 13 de diciembre de 1996 que tenía por anunciado el recurso de suplicación frente a la Sentencia de 25 de noviembre de 1996; Auto de 23 de octubre de 1997, que desestima recurso de súplica dirigido contra el Auto de 16 de julio de 1997, y Auto de 21 de diciembre de 1998, recaído en el recurso de suplicación desestimando una cuestión previa sobre caducidad de dicho recurso.
Ha intervenido el Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, el Ministerio Fiscal y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por el Letrado de la Seguridad Social don Alberto Llorente Alvarez.
Ha sido Ponente la Magistrada doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. El día 2 de noviembre de 2000 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal un escrito, firmado por la representación procesal del recurrente, mediante el cual se interpuso recurso de amparo contra las resoluciones citadas en el encabezamiento.
2. Los hechos y circunstancias relevantes para la resolución del presente amparo son, en síntesis, los siguientes: a) El ... »
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