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SENTENCIA
Numero de Referencia :
12/2007
Fecha : 15/01/2007
Publicación Boe :
20070215
Numero de Registro :
6516-2005/
Ponente :
Doña Elisa Pérez Vera
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Luis Félix Humberto Cerón Bravo frente a los Autos de la Audiencia Provincial de Madrid y de un Juzgado de Instrucción de Collado Villalba que decretaron su prisión provisional en causa por delitos de robo y tentativa de homicidio.
Vulneración del derecho a la libertad personal: prisión provisional sin motivar para preservar el secreto del sumario (STC 18/1999).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 6516-2005, interpuesto por don Luis Félix Humberto Cerón Bravo, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Raquel Gómez Sánchez y asistido por el Letrado don Ignacio Ucelay Urech, contra el Auto de la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid de 24 de agosto de 2005, recaído en recurso de apelación 364-2005, interpuesto contra el dictado el 24 de julio de 2005 por el Juzgado de Instrucción 3 de Collado Villalba, en el marco de las diligencias previas 648-2005. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 20 de septiembre de 2005 tuvo entrada la demanda de amparo presentada por la Procuradora doña Raquel Gómez Sánchez, en representación de don Luis Félix Humberto Cerón Bravo, contra las resoluciones que se citan en el encabezamiento.
2. Los hechos de los que trae su causa el presente recurso de amparo son, sucintamente expuestos, los que siguen: a) El día 24 de julio de 2005, el recurrente es puesto a disposición judicial, por su presunta implicación en los hechos delictivos investigados en las diligencias previas 648-2005, seguidas en el Juzgado de Instrucción núm. 3 de Collado Villalba; tales diligencias habían sido declaradas secretas. Al Sr. Cerón Bravo se le imputa la comisión de un presunto delito de robo con violencia e intimidación.
Celebrada el 24 de julio de 2005 la comparecencia prevista en el art. 505 LECrim, el Juzgado de Instrucción núm. 3 de Collado Villalba acuerda su prisión preventiva mediante Auto dictado en esa misma fecha. Mientras que la implicación de los otros imputados es, a juicio del órgano judicial, evidente, en relación con el recurrente se indica que: «La falta de imputación de hechos concretos de Luis Félix Humberto obedecen a la necesidad de preservar el secreto sumarial para el buen fin de la investigación, haciendo notar expresamente a su defensa que ante el hipotético recurso de apelación que se interpusiera frente a su situación personal la Audiencia tendrá conocimiento íntegro de las actuaciones» ( fundamento de Derecho segundo in fine del Auto de... »
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