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SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 15/01/2007
Numero de Referencia :
7/2007
Publicación Boe :
20070215
Ponente :
Don Manuel Aragón Reyes
Sala :
Sala Primera.
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Extracto: Promovido por don Jorge Gallardo Codina respecto a los Autos de un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona que desestimaron su recurso contra el centro penitenciario de hombres de Barcelona sobre sanciones disciplinarias por falta de respeto y resistencia pasiva.
Alegada vulneración de los derechos a la intimidad personal, la tutela judicial efectiva y a garantías en el procedimiento administrativo sancionador: falta de invocación tempestiva de los derechos fundamentales y falta de agotamiento de los recursos al no solicitar prueba ante el Juzgado.
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta; don Javier Delgado Barrio, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 648-2004, promovido por don Jorge Gallardo Codina, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Marta Saint-Aubin Alonso y asistido por el Letrado don Eduardo Gaya Sicilia, contra el acuerdo disciplinario sancionador de 22 de octubre de 2003, de la comisión disciplinaria del centro penitenciario de hombres de Barcelona, y los Autos del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 4 de Barcelona, dictados el 4 de diciembre de 2003 y 12 de enero de 2004, en el expediente personal núm. 5046, que lo ratificaron.
Han intervenido el Ministerio Fiscal y la Abogada de la Generalidad de Cataluña.
Ha sido Ponente el Magistrado don Manuel Aragón Reyes, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito fechado el 29 de enero de 2004, presentado ese mismo día en el centro penitenciario de hombres de Barcelona, el interno don Jorge Gallardo Codina (excarcelado desde el día 17 de febrero de 2004) manifestó su intención de recurrir en amparo ante este Tribunal Constitucional. Dicho escrito, en el que el recurrente solicitaba asistencia jurídica gratuita, fue recibido el 6 de febrero de 2004, por correo ordinario, en el Registro General de este Tribunal.
Una vez efectuados los oportunos nombramientos de Abogado y Procuradora de oficio, la Procuradora de los Tribunales doña Marta Saint-Aubin Alonso presentó la demanda, formalizando así la interposición del recurso de amparo contra las resoluciones citadas en el encabezamiento.
2. Son hechos relevantes para el examen de la pretensión de amparo, los siguientes: a) El 22 de octubre de 2003 la comisión disciplinaria del centro penitenciario de hombres de Barcelona acordó imponer al demandante de amparo dos sanciones disciplinarias de cinco días de privación de paseos y actos recreativos comunes, tras considerarle autor de dos faltas disciplinarias graves, previstas en el art. 109 a) y b) del Reglamento penitenciario. En el acuerdo sancionador se le imputaron los siguientes hechos: «Alrededor de las 11:45 (horas) del 10 de julio de 2003, tras ... »
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