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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 15/03/1984
Numero de Referencia :
38/1984
Publicación Boe :
19840403 [«boe» Núm. 80]
Ponente :
Don Antonio Truyol Serra
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Arozamena, Rubio, Díez-picazo, Tomás, Truyol Y
Pera.
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Extracto: 1. Mientras que en anteriores casos, en los que el T.C. concedió el amparo solicitado (Sentencias 7/1983, 8/1983, 13/1983 y 15/1983), la suspensión obligada de la relación laboral producida por la razón discriminatoria del matrimonio de las recurrentes subsistía y producía todos sus efectos cuando se promulgó la Constitución, el actual ofrece la peculiaridad de que cuando entró en vigor la Constitución ya se había producido un hecho (la viudedad de la demandante) que, con arreglo a la propia normativa laboral que le impusiera la excedencia por razón de matrimonio, le permitía obtener el reingreso, y con ello podía satisfacer la misma pretensión que las otras trabajadoras casadas no tuvieron a su disposición hasta el momento de la entrada en vigor de la Constitución, de modo que para la actora la situación de discriminación había cesado con el fallecimiento de su esposo, y la entrada en vigor de la Constitución no suponía para ella en este aspecto novedad alguna.
2. Como quiera que la actora no estaba discriminada en el momento de promulgarse la Constitución y, en consecuencia, su situación jurídica no estaba determinada por ninguna norma ni ningún acto que pudieran reputarse contrarios al principio constitucional de igualdad, obtener, más allá del plazo de prescripción de la acción que le concedía la legislación laboral anterior, uno nuevo a partir de la entrada en vigor de la Constitución, equivaldría a alcanzar un «status» preferencial que en modo alguno encuentra cabida en el art. 14 de aquélla.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Jerónimo Arozamena Sierra, Presidente, y don Francisco Rubio Llorente, don Luis Díez-Picazo y Ponce de León, don Francisco Tomás y Valiente, don Antonio Truyol Serra y don Francisco Pera Verdaguer, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo promovido por doña María Concepción Ballesta Nicolás, representada por el Procurador don José Pérez Templado, y bajo la dirección del Abogado don Angel Sánchez, sobre Sentencia de la Magistratura de Trabajo núm. 3 de Murcia, denegatoria del reingreso de la recurrente en la Compañía Telefónica Nacional de España, y en el que han comparecido el Procurador don Juan Antonio García San Miguel y Orueta en nombre y representación de la citada Compañía Telefónica y bajo la dirección del Abogado don Angel Luis Marchamalo, y el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado don Antonio Truyol Serra, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el 29 de abril de 1983, el Procurador de los Tribunales don José Pérez Templado, en nombre y representación de doña María Concepción Ballesta Nicolás, interpuso recurso de amparo constitucional frente a la Sentencia del Tribunal Central de Trabajo de 14 de marzo de 1983, dictada en recurso de suplicación contra Sentencia de la Magistratura ... »
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