Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
5/2006
Fecha : 16/01/2006
Publicación Boe :
20060215
Numero de Registro :
6390-2001/
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
|
|
«... de un presupuesto de reparación por importe de 16.704 pesetas; por el fallecimiento de su esposa, 12.632.000 pesetas, incrementado un 10 por 100; niega finalmente que sean indemnizables los gastos derivados de la declaración de herederos.
A favor de doña Carmen Fernández González: por incapacidad temporal durante 269 días, con 35 de hospitalización, 996.852 pesetas ?no refiere a factor de corrección alguno?; por distintas secuelas y gastos acreditados de asistencia prestada en el domicilio y por daños morales por la situación en que quedó su nieto y la colaboración en su cuidado, 3.000.000 pesetas; finalmente, por gastos de transporte y farmacéutico acreditados, 48.435 pesetas; se declara además que no procede indemnización alguna por la muerte de su nuera por no ser uno de los parientes previstos en la Ley 30/1995.
A favor de doña María Amez: por la muerte de la hija, 1.053.000 pesetas incrementado en un 10 por 100.
A favor del menor Pablo Menéndez González: por 365 días de hospitalización, 2.
689.320 pesetas; por distintas secuelas, 34.980.140 pesetas; por tratarse de una persona afectada de secuelas permanentes que requieren la ayuda de otras personas para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria, con factores de corrección, 42.105.600 pesetas; por daños morales complementarios, 10.526.400 pesetas.
A favor de la madre del menor, doña María del Carmen González: por daño moral por el estado de su hijo y dejar de trabajar para ocuparse de éste, 12.000.000 de pesetas.
Se dejan para el trámite de ejecución de Sentencia los gastos reclamados por importe de 23.690.900 pesetas en relación con los gastos para transformación de vivienda, asistencia médica y hospitalaria, etc., porque, según se afirma, la otra parte no ha podido someter a contradicción los informes periciales.
Finalmente, se declara la improcedencia de señalar intereses por mora, dado que la aseguradora consignó determinadas cantidades que fueron declaradas suficientes por el instructor.
3. Con fundamento en este itinerario procesal los recurrentes presentan recurso de amparo ante este Tribunal contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo de 26 de octubre de 2001. En escrito registrado en este Tribunal el día 7 de diciembre de 2001 se amplió la demanda para incorporar como demandante a doña María del Carmen Fernández González.
Consideran los recurrentes que la señalada Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección Séptima) vulnera sus derechos a la igualdad ante la Ley (art. 14 CE), a la vida e integridad física (art. 15 CE) y a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE). La demanda de amparo hace una exposición -no sistematizada según los derechos fundamentales vulneradosde las infracciones constitucionales que denuncia.
En primer lugar argumenta la lesión del derecho a la igualdad en la aplicación de la Ley (expresamente se excluye la alegación de vulneración de la igualdad en la Ley) en relación... »
|
|
|
|