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SENTENCIA
Numero de Referencia :
13/2000
Fecha : 17/01/2000
Publicación Boe :
20000218 [«boe» Núm. 42]
Numero de Registro :
1654/1999
Ponente :
Don Fernando Garrido Falla
Sala :
Sala Primera
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Javier Simó Chavarri frente a las resoluciones de la Audiencia Provincial de Castellón y del Juzgado de lo Penal núm. 2 de dicha ciudad que resolvieron su petición de acumulación de condenas e inadmitieron su recurso de reforma.
Vulneración de los derechos a la tutela judicial a la asistencia letrada: inactividad del Abogado de oficio.
1. Los órganos judiciales concernidos no han proporcionado una efectiva y real asistencia letrada al penado, ahora demandante de amparo, en las distintas fases procesales del expediente de acumulación de condenas. Han vulnerado así el derecho a la defensa y asistencia letrada consagrado en el art. 24.2 CE, así como el derecho del recurrente a la tutela judicial efectiva sin indefensión [FJ 4].
2. Los órganos judiciales han de velar por evitar la indefensión del justiciable en el proceso penal, especialmente en los casos en que la dirección y representación se realiza mediante la designación de oficio (SSTC 37/1988, 53/1990, 91/1994 y 105/1999) [FJ 2].
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Pedro Cruz Villalón, Presidente, don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Fernando Garrido Falla y do±a María Emilia Casas Baamonde, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1654/99, promovido por don Javier Simó Chávarri, representado por la Procuradora de los Tribunales do±a Teresa Castro Rodríguez, asistida de la Letrada do±a Cristina Tebar Visent, contra el Auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón de 16 de marzo de 1999 (rollo núm. 316/98), que desestima el recurso de queja interpuesto contra la providencia del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Castellón de 14 de abril de 1998, recaída en el expediente de acumulación de condenas núm. 3/97, que inadmite el recurso de reforma interpuesto contra Auto del mismo Juzgado de 16 de enero de 1998. Ha comparecido el Ministerio fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Fernando Garrido Falla, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 19 de abril de 1999, don Javier Simó Chávarri, interno en el Establecimiento Penitenciario de Valencia-Picassent, solicitó el nombramiento de Procurador y Abogado de oficio para la interposición de recurso de amparo contra el Auto del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Castellón de 16 de enero de 1998 y providencia del mismo Juzgado de 14 de abril de 1998 (recaídas ambas resoluciones en el expediente de acumulación de condenas núm. 3/97), así como contra el Auto de 16 de marzo de 1999 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón, que desestima el recurso de queja formulado contra la antedicha providencia.
2. La Sección Primera del Tribunal Constitucional, mediante providencia de 26 de abril de 1999, acordó librar... »
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