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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 17/03/2001
Numero de Referencia :
65/2001
Publicación Boe :
20010406 [«boe» Núm. 83]
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Pleno
Extracto: Promovido por don Luis Hens Serena y don Juan Ramón Corujo Rodríguez frente a la Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que les condenó por un delito de detención ilegal en la causa seguida por el secuestro de don Segundo Marey Samper.
Supuesta vulneración de los derechos al juez imparcial, a la legalidad penal y a la tutela judicial efectiva, y a un proceso con todas las garantías: filtración periodística del fallo; apreciación sobre la no prescripción del delito fundada en Derecho; aforamiento de Diputados y derecho al recurso penal. Voto particular.
1. Reitera la doctrina de la STC 64/2001.
Preámbulo: El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pedro Cruz Villalón, Presidente, don Carles Viver Pi-Sunyer, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Tomás S. Vives Antón, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Fernando Garrido Falla, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez Sánchez y doña María Emilia Casas Baamonde, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3835/98, promovido por don Luis Hens Serena y don Juan Ramón Corujo Rodríguez, representados por el Procurador de los Tribunales don Juan Torrecilla Jiménez y asistidos por el Abogado don Andrés Planas Palou, contra la Sentencia 2/1998, de 27 de julio, del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, aclarada por Auto de 8 de septiembre de 1998. Han intervenido el Ministerio Fiscal; el Abogado del Estado; don Rafael Vera Fernández-Huidobro, representado por el Procurador don Tomás Alonso Ballesteros, y los Letrados don Manuel Cobo del Rosal y don Felipe González Márquez; don Julián Sancristóbal Iguarán, representado por el Procurador don Jesús Alvaro Stampa Casas y el Letrado don José María Stampa Braun; y don Miguel Lasa Aróstegui, don Antonino Asteasuinzarra Pagola, don José Luis Echaide Esteibar, doña María Begoña Arbelaiz Arbelaiz, don Miguel Angel Pérez de Arenaza Sogorb, representados por el Procurador don José Manuel de Dorremochea Aramburu y el Letrado don Pedro María Landa Fernández. Ha sido Ponente doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. En escrito registrado en este Tribunal el 19 de agosto de 1998, el Procurador de los Tribunales don Juan Torrecilla Jiménez, en nombre y representación de don Luis Hens Serena y de don Juan Ramón Corujo Rodríguez, interpuso recurso de amparo contra la Sentencia 2/1998 de 27 de julio del Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, dictada en la causa especial núm.
2530/95, aclarada en Auto de 8 de septiembre de 1998, que condenó a los recurrentes como autores de un delito de detención ilegal del art. 163.1 en relación con el art. 167 CP 1995, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a las penas de cinco años de prisión y ocho años de inhabilitación absoluta. ... »
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