Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
65/2001
Fecha : 17/03/2001
Publicación Boe :
20010406 [«boe» Núm. 83]
Numero de Registro :
3835/1998
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Pleno
Documentos Relacionados :
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«... Parga y Cabrera para conocer del presente recurso de amparo, por aplicación del apartado 2 del art. 219 LOPJ.
5. Por providencia de 12 de noviembre de 1998, la Sala Primera acordó admitir a trámite la demanda de amparo, y, en aplicación de lo dispuesto en el art. 51 LOTC, dirigir atenta comunicación a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a fin de que, en plazo que no excediere de diez días, se emplazare a quienes fueron parte en la causa especial 2530/95, con la excepción de los recurrentes de amparo, para que, en el plazo de diez días, pudieran comparecer en este proceso constitucional, si lo estimaren procedente.
6. Por providencia de 12 de noviembre de 1998 se acordó la apertura de la pieza separada de suspensión, en la que, tras efectuarse las alegaciones de las partes, se dictó por la Sala Primera el Auto de 26 de noviembre de 1998 que acordó suspender la resolución judicial en lo referido a las penas privativas de libertad impuestas a los recurrentes y denegar la suspensión en lo relativo al resto de las penas, responsabilidad civil y costas procesales.
7. Por escrito registrado en este Tribunal el 19 de noviembre de 1998, el Abogado del Estado manifiesta que, al no haber formulado acusación contra los recurrentes de amparo en el proceso penal previo, no va a efectuar alegaciones en el presente procedimiento de amparo, personándose exclusivamente a los efectos de que en su día se le notifiquen las resoluciones que se dicten.
8. Las representaciones de quienes habían sido parte en la causa 2530/95 se personaron en el presente procedimiento de amparo: la representación de don Segundo Marey Samper en escrito registrado en este Tribunal el 30 de noviembre de 1998; la representación de don Rafael Vera Fernández-Huidobro en escrito registrado en este Tribunal el 26 de noviembre de 1998, quien, además, con cita de la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Castillo Algar c. España, alega la contaminación sufrida por siete de los Magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, al haber conocido del recurso de apelación interpuesto contra el Auto de procesamiento de 23 de enero de 1996, y haber formado parte con posterioridad del Pleno de la Sala de lo Penal que juzgó la causa 2530/95; la representación procesal de don Julián Sancristóbal en escrito registrado en este Tribunal el 19 de noviembre de 1998; la representación procesal de la acusación particular que encabeza don Miguel Lasa Aróstegui, en escri to registrado en este Tribunal el 28 de noviembre de 1998; la representación procesal de la acusación popular que encabeza don José Alberto Cruz Bravo en escrito registrado en este Tribunal el 30 de noviembre de 1998.
9. La Sala Primera, en providencia de 14 de enero de 1999, acordó tener por recibidos los escritos reseñados en el número anterior y tener por personados al Abogado del Estado y a los Procuradores que figuran en los mismos en nombre y representación de don ... »
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