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Recurso De Amparo. »
FECHA : 17/07/2006
Numero de Referencia :
235/2006
Publicación Boe :
20060818
Ponente :
Don Ramón Rodríguez Arribas
Sala :
Sala Segunda.
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Extracto: Promovido por Robersan, S. A., frente a la providencia de un Juzgado de Primera Instancia de El Prat de Llobregat que inadmitió su recurso de reposición sobre subasta de finca en ejecución de títulos judiciales para disolver una comunidad de bienes. Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: inadmisión de recurso de reposición en un proceso civil abierto, donde pueden ser reparadas las vulneraciones constitucionales aducidas.
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 1564-2004, promovido por Robersan, S. A., representada por el Procurador de los Tribunales don José Pedro Vila Rodríguez y asistida por el Abogado don Marcelino Díez García, contra la providencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de El Prat de Llobregat de fecha 9 de febrero de 2004, dictada en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales seguidos con el núm. 147-2002. Ha intervenido el Ministerio Fiscal, ha comparecido don Antonio Zorrilla Azuaga y ha sido Ponente el Magistrado don Ramón Rodríguez Arribas, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito registrado en este Tribunal el día 11 de marzo de 2004 el Procurador don José Pedro Vila Rodríguez, en nombre y representación de Robersan, S. A., interpuso demanda de amparo constitucional contra la resolución judicial de que se hace mérito en el encabe-zamiento por entender que vulneraba el art.
24.1 CE.
2. La demanda de amparo tiene su origen en los siguientes hechos: a) En el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de El Prat de Llobregat (Barcelona) se dictó Sentencia en 20 de enero de 2002, en el juicio de menor cuantía núm.
15/2001, por la que se estimaba la demanda interpuesta por don Antonio Zorrilla Azuaga y se declaraba la disolución de la comunidad de bienes existente entre la actora y la demandada, entidad mercantil Robersan, S. A., hoy demandante en amparo, ordenándose la venta en pública subasta de la finca que ambas poseían en común.
b) En ejecución de la Sentencia anterior, el allí actor don Antonio Zorrilla Azuaga presentó demanda de ejecución, solicitando la venta judicial. En su consecuencia, se libraron los correspondientes edictos y se llevó a cabo subasta judicial el día 19 de diciembre de 2003 en la que participó la sociedad Robersan, S. A., adjudicándose el bien a un tercero.
c) En el acto de la subasta la recurrente hizo constar su protesta.
Posteriormente, en fecha 29 de diciembre de 2003, con base en los argumentos recogidos en el acta de la subasta interpuso recurso de reposición contra la resolución del Juzgado que recoge el acta de subasta judicial. En el escrito de interposición... »
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