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SENTENCIA
Numero de Referencia :
88/2005
Fecha : 18/04/2005
Publicación Boe :
20050520
Numero de Registro :
2044-2001/
Ponente :
Doña María Emilia Casas Baamonde
Sala :
Sala Primera.
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por doña Concepción Arellano Antoñana frente a Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que estimó el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y desestimó su demanda sobre pensión de jubilación. Supuesta vulneración del derecho a la igualdad en la ley: diferencia de trato entre religiosas y sacerdotes sobre el cómputo de cotizaciones en distintos regímenes de la Seguridad Social (STC 63/1994).
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2044-2001, promovido por doña Concepción Arellano Antoñana, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Ana Lázaro Gogorza y asistida por el Abogado don Juan Tomás Rodríguez Arano, contra la Sentencia de 28 de febrero de 2001 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dictada en recurso de casación para la unificación de doctrina 437-2000 interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 27 de diciembre de 1999, por la que se resolvía el recurso de suplicación interpuesto por la misma parte frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Navarra, en autos núm. 299/99, seguidos a instancia de doña Concepción Arellano Antoñana frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, en materia de pensión de jubilación. Ha sido parte el Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por el Procurador de los Tribunales don Luis Fernando —lvarez Wiese y asistido por la Letrada de la Administración de la Seguridad Social doña María Luisa Dorronzoro Fábregas. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Presidenta doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 9 de abril de 2001, doña Ana Lázaro Gogorza, en nombre y representación de doña Concepción Arellano Antoñana, presentó recurso de amparo contra la resolución judicial del encabezamiento.
2. Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo, relevantes para la resolución del recurso, son los siguientes: a) La demandante de amparo fue religiosa de la Congregación de la Sagrada Familia de Burdeos, desde el 26 de septiembre de 1954 hasta el 30 de julio de 1974, habiendo trabajado desde el año 1960 hasta 1974, en que se secularizó, como enfermera en Barcelona, Pamplona y Madrid.
b) El 12 de abril de 1998 la demandante solicitó del Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante, INSS) el reconocimiento de... »
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