Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
209/2005
Fecha : 18/07/2005
Publicación Boe :
20050818
Numero de Registro :
6580-2003/
Ponente :
Don Eugeni Gay Montalvo
Sala :
Sala Segunda.
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Extracto: Promovido por don Miguel —ngel Rodríguez Travieso frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que estimó el recurso de suplicación interpuesto por Comercial Berciana de Productos Industriales, S.A., y denegó la indemnización por extinción de contrato. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (ejecución): Sentencia que deniega indemnización laboral, a causa de un despido sobrevenido, vaciando la Sentencia firme que había declarado la extinción de la relación laboral (STC 151/2001).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 6580-2003, promovido por don Miguel —ngel Rodríguez Travieso, representado por el Procurador de los Tribunales don José Ramón Rego Rodríguez y asistido por el Letrado don Jesús Esteban Rodríguez, contra el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2003 por el que se declara la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede Valladolid, de 19 de febrero de 2002 por la que se estima el recurso de suplicación núm. 259-2002 interpuesto por la empresa contra el Auto del Juzgado de lo Social núm. 2 de Ponferrada de 30 de octubre, recaído en autos 465-2000 que deja sin efecto la ejecución 129-2001 acordada por providencia de 25 de octubre de 2001, negando al recurrente la indemnización por extinción de contrato reconocida en la Sentencia principal. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y se ha personado doña Isabel Juliá Corujo, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de Comercial Berciana de Productos Industriales, S.L., y asistida por la Letrada María Elena Corredera Franco. Ha sido Ponente el Magistrado don Eugeni Gay Montalvo, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Por medio de escrito registrado en este Tribunal el 5 de noviembre de 2003, don José Ramón Rego Rodríguez, Procurador de los Tribunales en nombre y representación de don Miguel —ngel Rodríguez Travieso, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales citadas en el encabezamiento de la Sentencia.
2. El recurso de amparo se basa en los siguientes hechos: a) Don Miguel —ngel Rodríguez Travieso interpuso demanda en solicitud de extinción de su relación laboral con la empresa el día 4 de agosto de 2000, que fue turnada al Juzgado de lo Social núm. 2 de Ponferrada que incoó los autos 465-2000 y, tras la admisión a trámite, señaló para el día 12 de septiembre de 2000 el correspondiente juicio, fecha en que efectivamente se celebró.
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