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SENTENCIA
Numero de Referencia :
112/1998
Fecha : 01/06/1998
Publicación Boe :
19980703 [«boe» Núm. 158]
Numero de Registro :
3961/1994
Ponente :
Don Julio Diego González Campos
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Gabaldón, García-mon, González Y Viver.
Documentos Relacionados :
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Extracto: 1. Por lo que se refiere al «error patente» en la determinación y selección del material de hecho sobre el que se asienta la decisión, este Tribunal ha establecido con harta reiteración que el derecho fundamental a la tutela resulta vulnerado cuando la resolución judicial es producto de un razonamiento que no se corresponde con la realidad, como error determinante de la resolución adoptada, hasta el punto de que, constatado el mismo, «la fundamentación jurídica pierda el sentido y alcance que la justificaba y no pueda conocerse cuál hubiese sido el sentido de la resolución de no haberse incurrido en el mismo» (STC 124/1993) [F.J. 2].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don José Gabaldón López, Presidente, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Carles Viver Pi-Sunyer y don Tomás S Vives Antón, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 3.961/94, interpuesto por la mercantil «Frutas Aparicio, S.L.», representada por el Procurador de los Tribunales don Francisco de Paula Martín Fernández y bajo la dirección del Letrado don Sergio Higueras López, frente a la Sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia núm. 588/94, de 14 de noviembre, recaída en el rollo de apelación civil núm. 206/93 y que tuvo por objeto la dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Liria el 31 de octubre de 1991, en juicio verbal núm. 66/91. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y ha sido Ponente el Magistrado don Julio Diego González Campos, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 12 de diciembre de 1994, el Procurador don Francisco de Paula Martín Fernández, en nombre y representación de «Frutas Aparicio, S.L.», interpuso recurso de amparo contra la Sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia núm. 588/94, de 14 de noviembre, recaída en el rollo de apelación civil núm. 206/93 y que tuvo por objeto la dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Liria el 31 de octubre de 1991, en juicio verbal núm. 66/91.
2. Los hechos en que se fundamenta la demanda, brevemente expuestos, son los siguientes: A) Al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Liria correspondió conocer del juicio verbal civil núm. 66/91 que se promovió, entre otros, contra la entidad solicitante de amparo en reclamación de la cantidad de 445.939 pesetas, intereses y costas, formulando el representante de «Frutas Aparicio, S.
L.», a su vez, reconvención en reclamación de la suma de 307.437 pesetas. Recibido el pleito a prueba, la recurrente propuso una prueba testifical, que, sin embargo, no pudo practicarse al ser erróneo el domicilio facilitado.
B) Recaída Sentencia estimatoria de la demanda de fecha 31 de octubre... »
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