Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
338/2005
Fecha : 20/12/2005
Publicación Boe :
20060120
Numero de Registro :
7604-2003/
Ponente :
Don Guillermo Jiménez Sánchez
Sala :
Sala Segunda.
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: Promovido por don Genís Pinart Fernández frente a la Sentencia de un Juzgado de Instrucción de Figueres que, en grado de apelación del Juzgado de Paz de Port de la Selva, le condenó por faltas de amenazas e injurias. Supuesta vulneración del derecho a un proceso con garantías: condena pronunciada en apelación sin necesidad de celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y 170/2002).
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 7604-2003, promovido por don Genís Pinart Fernández, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Rosa Sorribes Calle y asistido por el Letrado don Nicolás Pérez Moratones, contra la Sentencia del Juzgado de Instrucción núm. 5 de Figueres, de 24 de noviembre de 2003, que estima el recurso de apelación 1-2003, interpuesto contra la dictada por el Juzgado de Paz de Port de la Selva en juicio de faltas 13-2002. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Guillermo Jiménez Sánchez, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 18 de diciembre de 2003 la Procuradora de los Tribunales doña Rosa Sorribes Calle, en la representación indicada, dedujo demanda de amparo contra la resolución judicial de la que se ha hecho mérito en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. Los hechos relevantes para la resolución del presente recurso de amparo son, sucintamente expuestos, los siguientes: a) Como consecuencia de la denuncia formulada por don Agustín Torrente Wittek contra el demandante de amparo por los insultos que afirmaba le había proferido en la mañana del 28 de julio de 2002 en la localidad de Port de la Selva se siguió juicio de faltas ante el Juez de Paz de esta localidad. Celebrado el juicio oral el indicado Juez dictó Sentencia absolutoria el 10 de marzo de 2003, Sentencia que fue anulada por el Juez de Instrucción núm. 3 de Figueres mediante Sentencia de 30 de junio, en la cual se ordenaba al primer órgano jurisdiccional dictar nueva Sentencia con sujeción a las previsiones legales.
b) Como consecuencia de lo anterior, el Juez de Paz dictó nueva Sentencia el 12 de septiembre de 2003, en la que nuevamente se absolvía al demandante de ampro de las faltas de injurias y amenazas por las que había sido acusado. La Sentencia contiene los siguientes hechos probados y fundamentos de derecho: "Hechos probados Primero.-Se declara probado expresamente que el día 28 de julio del 2002, entre las 11 y 11:30 horas de su mañana se encontraron en la zona denominada Moll d en Balleu el denunciante Sr. Torrent y el denunciado Sr. Genís de forma ocasional, al tener... »
|
|
|
|