Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
84/1998
Fecha : 20/04/1998
Publicación Boe :
19980520 [«boe» Núm. 120]
Numero de Registro :
2778/1995
Ponente :
Don Fernando García-mon Y González-regueral
Sala :
Sala Segunda: Excmos. Sres. Gabaldón, García-mon, De Mendizábal, González,
Viver Y Vives.
Documentos Relacionados :
|
|
Extracto: 1. Se reitera doctrina de nuestra STC 67/1998 en relación con la discriminación por razón de nacimiento [F.J. único].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional compuesta por don José Gabaldón López, Presidente; don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Rafael de Mendizábal Allende, don Julio Diego González Campos, don Carles Viver Pi-Sunyer y don Tomás S Vives Antón, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2.778/95, promovido por doña María del Valle Bermúdez González, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Rodríguez Puyol y asistida de la Letrada doña Carmen Pujol Algans, contra Auto de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, de 23 de junio de 1995, que resolvió en apelación el recurso interpuesto contra Auto del Juzgado de Instrucción núm. 8 de Madrid, de 27 de abril de 1995, que, a su vez, había denegado el recurso de reforma formulado contra Auto de dicho Juzgado de 16 de marzo de 1995, por el que se disponía el archivo de las actuaciones incoadas como diligencias previas núm. 2.388/93 en virtud de querella por la presunta comisión de un delito de impago de prestaciones económicas familiares. Ha sido parte el Ministerio Fiscal, y Ponente el Magistrado don Fernando García-Mon y González-Regueral, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado el 22 de julio de 1995, la Procuradora de los Tribunales doña María Rodríguez Puyol, en nombre y representación de doña María del Valle Bermúdez González, interpone recurso de amparo contra el Auto dictado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid el 23 de junio de 1995, en el rollo de apelación núm. 237/95, confirmando el archivo de actuaciones decretado por el Juzgado de Instrucción núm. 8 de Madrid, en las diligencias previas núm. 2.388/93 incoadas en virtud de querella por presunto delito de impago de prestaciones económicas familiares.
2. La demanda de amparo se fundamenta, en síntesis, en los siguientes hechos: a) La actora interpuso querella contra don Juan Carlos Tejada Rueda por la presunta comisión de un delito de abandono de familia por impago de prestaciones económicas del art. 487 bis del Código Penal de 1973, en favor del hijo menor de la actora y del querellado, habido extramatrimonialmente.
b) El Juzgado de Instrucción núm. 8 de Madrid incoó las diligencias previas núm. 2.388/93, dictándose el Auto de 16 de marzo de 1995 mediante el cual se decretaba el archivo de las mismas «por no ser el hecho denunciado constitutivo de infracción penal».
c) Contra dicha resolución interpuso la actora recurso de reforma y subsidiario de apelación, resolviendo el Juzgado por Auto de 27 de abril de 1995, denegando el primero, aludiendo en su fundamento jurídico primero al tenor literal del art. 487 bis del Código Penal, y dando curso al recurso de apelación.
d) ... »
|
|
|
|