Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA
Numero de Referencia :
299/2005
Fecha : 21/11/2005
Publicación Boe :
20051221
Numero de Registro :
2569-2003/
Ponente :
Don Eugeni Gay Montalvo
Sala :
Sala Segunda.
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«... condena la demandante de amparoadoptó por unanimidad el acuerdo de denegarle el permiso de salida que había solicitado por razón del elevado riesgo que representaba la concesión del mismo dada la necesidad de "consolidar factores positivos" con carácter previo a dicha concesión. En el informe desfavorable que dio lugar a tal decisión se hacía también constar que la actora era reincidente y que tenía la condición de drogodependiente.
b) Contra dicho acuerdo presentó la actora un recurso de queja ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Asturias, en el que solicitaba la práctica de una prueba documental consistente en que por el centro penitenciario de Villabona se remitieran al Juzgado una copia de las tablas de variables de riesgo de la Sra. —lvarez Gil y una copia de los folios de su protocolo de personalidad en el que constasen los siguientes datos: 1) diseño personalizado del tratamiento individualizado propuesto para dicha interna; 2) estudio científico del aspecto evolutivo de la personalidad, temperamento, carácter y aptitudes que justificarían el eventual pronóstico negativo que justificaría la denegación del permiso solicitado; 3) diagnóstico de su personalidad criminal; 4) historial individual médico, familiar, social y delictivo; 5) actividades de tratamiento a las que había sido sometida; y 6) evolución del tratamiento a los efectos de determinar el riesgo de posible reincidencia o quebrantamiento del permiso. También se solicitaba la remisión por dicho establecimiento penitenciario de un informe en el que se certificasen los módulos en los que había estado internada la recurrente, las actividades desarrolladas en cada módulo y los beneficios penitenciarios obtenidos desde la fecha de su ingreso en prisión. El Ministerio Fiscal interesó la denegación del permiso.
c) En posterior escrito de alegaciones presentado, una vez que le había sido dada vista de la tabla de variantes de riesgo y del expediente remitidos por el centro penitenciario, la demandante de amparo pidió asimismo que le fuera practicada una prueba pericial consistente en la toma de muestras de sangre y de orina a fin de que, tras la correspondiente analítica, pudiera determinarse si existían o no restos de sustancias estupefacientes o drogas tóxicas que permitieran afirmar su condición de drogodependiente.
d) Una vez practicadas algunas de las pruebas solicitadas por la recurrente, aunque no así la analítica, y a la vista del cambio de opinión del Ministerio Fiscal, quien mostró informe favorable a la concesión de un permiso de tres días a la vista de las pruebas, el Letrado de la recurrente solicita sobre dicha base la estimación del recurso. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Asturias dictó Auto de fecha 4 de diciembre de 2002 desestimando el recurso presentado contra el Acuerdo denegatorio del mismo por motivo de "la probabilidad que presenta de comisión de nuevos delitos durante el permiso, como se deduce de ... »
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