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Jurisprudencia Constitucional »
SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 22/03/1993
Numero de Referencia :
105/1993
Publicación Boe :
19930427 [«boe» Núm. 100]
Ponente :
Don Vicente Gimeno Sendra
Sala :
Sala Primera: Excmos. Sres. Rodríguez-piñero, García-mon, De La Vega,
Gimeno, De Mendizábal Y Cruz.
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Extracto: 1. Ha señalado este Tribunal reiteradamente que la falta de citación en un acto de trámite tan importante como lo es el de la vista de un recurso, cuando es debida a la omisión del órgano judicial y cualquiera que sea su causa, no sólo infringe la Ley ordinaria, sino que trasciende el ámbito constitucional, por implicar una situación de indefensión evidente (SSTC 192/1989, 212/1989, 78/1992 y 131/1992), al impedir a la parte conocer que dicho acto va a celebrarse en el término del señalamiento, privándole del derecho a comparecer e intervenir en la vista oral para defender su pretensión impugnatoria (SSTC 156/1992 y 196/1992) [F.J. 3].
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, Presidente, don Fernando García-Mon y González-Regueral, don Carlos de la Vega Benayas, don Vicente Gimeno Sendra, don Rafael de Mendizábal Allende y don Pedro Cruz Villalón, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2.727/90, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Javier Ularqui Echeverría, en nombre y representación de don José Antonio Díaz Gómez, asistido del Letrado don José Hoya Coromina, contra Auto de 30 de octubre de 1990 dictado por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona en el rollo de apelación núm. 144/90, procedente del juicio de faltas seguido en el Juzgado de Instrucción núm. 7 de Sabadell con el núm. 2.
490/89. Ha intervenido el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado don Vicente Gimeno Sendra, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 23 de noviembre de 1990, don Javier Ularqui Echeverría, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don José Antonio Díaz Gómez, interpone recurso de amparo contra Auto de 30 de octubre de 1990, dictado por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el rollo de apelación núm. 144/90, procedente del juicio de faltas seguido en el Juzgado núm. 7 de Sabadell con el núm. 2.490/89.
2. La demanda se basa, en síntesis, en los siguientes hechos: a) Con fecha 12 de febrero de 1990, el Juzgado de Instrucción núm. 7 de Sabadell dictó Sentencia en el juicio de faltas núm. 2.490/89, seguido contra el actual recurrente en amparo por una falta de imprudencia con resultado de muerte, condenando al mismo al pago de indemnizaciones por valor total de 15.000.000 de pesetas. El demandante de amparo interpuso recurso de apelación y, una vez admitido a trámite, se personó en la causa mediante escrito de 15 de febrero de 1990.
b) Personada la representación del recurrente en la Secretaría de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona el 17 de octubre de 1990, ante la tardanza de cualquier comunicación del órgano judicial, se le hace entrega en ese mismo momento de la notificación de la Sentencia recaída... »
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