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SENTENCIA »
Recurso De Amparo. »
FECHA : 22/04/2002
Numero de Referencia :
90/2002
Publicación Boe :
20020522 [«boe» Núm. 122]
Ponente :
Don Fernando Garrido Falla
Sala :
Sala Primera
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Extracto: Promovido por don Indalecio Guerra González frente a los Autos de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y de un Juzgado de lo Social de Badajoz que inadmitieron su recurso de suplicación en un litigio sobre reclamación de cantidad.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso legal): presentación de escrito en otro Juzgado el último día del plazo.
1. El error en el lugar de presentación del anuncio del recurso de suplicación no puede llevar aparejada tan grave consecuencia como es la inadmisión de un recurso legalmente establecido [FJ 4].
2. Hemos admitido que en situaciones excepcionales debe considerarse plenamente eficaz la presentación datada y cierta de un escrito ante un registro público distinto al del órgano judicial (SSTC 287/1994, 41/2001; STEDH Pérez de Rada Cavanillas de 1998) [FJ 3].
3. Doctrina sobre el derecho de acceso a los recursos legales (SSTC 37/19995, 43/2000) [FJ 2].
4. El control que compete a la jurisdicción constitucional no alcanza a revisar los pronunciamientos jurisdiccionales referidos a la inadmisión de recursos salvo arbitrariedad, irrazonabilidad o error patente del órgano judicial (SSTC 162/1998, 181/2001) [FJ 2].
Preámbulo: La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Pablo García Manzano, don Fernando Garrido Falla, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio y don Roberto García-Calvo y Montiel, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 2508/99, promovido por don Indalecio Guerra González, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Paloma Izquierdo Labra y asistido por el Abogado don Juan Francisco Montero Carbonero, contra Auto de 14 de mayo de 1999 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que desestima el recurso de queja interpuesto contra Auto de 26 de febrero de 1999 del Juzgado de lo Social núm. 3 de Badajoz, por el que se tuvo por no anunciado el recurso de suplicación del recurrente contra Sentencia dictada por dicho Juzgado en autos núm. 663/98. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Fernando Garrido Falla, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 11 de junio de 1999, don Indalecio Guerra González solicitó que se le designase Procurador de oficio para interponer recurso de amparo contra los Autos arriba referenciados, significando que el Letrado don Juan Francisco Montero Carbonero, que había asumido su defensa en la vía judicial previa, aceptaba encargarse de su defensa en amparo con renuncia al cobro de honorarios. Efectuada la designación de Procurador del turno de oficio, que correspondió a la Procuradora de los Tribunales doña Paloma Izquierdo Labra, la Sección Primera de este Tribunal, ... »
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