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SENTENCIA
Numero de Referencia :
81/2002
Fecha : 22/04/2002
Publicación Boe :
20020522 [«boe» Núm. 122]
Numero de Registro :
4397/1997
Ponente :
Don Pablo Cachón Villar
Sala :
Sala Segunda
Documentos Relacionados :
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Extracto: Promovido por don Eleuterio Gómez López y otra frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que, en apelación, absolvió al acusado de un delito de alzamiento de bienes.
Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: Sentencia de apelación penal que falla sin que el Tribunal hubiera resuelto la solicitud de prueba presentada por la acusación al impugnar el recurso. Voto particular.
1. La Audiencia Provincial, al fundamentar su fallo absolutorio precisamente en la no constancia de aquello que se les impidió probar a los demandantes de amparo, al no dar respuesta a su solicitud de prueba, realiza una conducta arbitraria, que limita los derechos de defensa de la parte y genera indefensión material, proscrita por el art. 24.1 CE [FJ 5].
2. Derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes (STC 10/2000) [FJ 3].
3. Este Tribunal ha configurado el derecho de acción penal esencialmente como un ius ut procedatur que ha de enjuiciarse en sede de amparo constitucional desde la perspectiva del art. 24.1 CE y al que, desde luego, son aplicables las garantías del art. 24.2 CE (STC 218/1997) [FFJJ 2 y 6].
4. Una Sentencia absolutoria puede anularse por este Tribunal si se han vulnerado los derechos relativos a las reglas esenciales del desarrollo del proceso (SSTC 218/1997, 215/1999) [FJ 6].
Preámbulo: La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Tomás S. Vives Antón, Presidente, don Pablo Cachón Villar, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez Sánchez, doña Elisa Pérez Vera y don Eugeni Gay Montalvo, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4397/97, promovido por don Eleuterio Gómez López y doña Pilar Requena Melero, representados por el Procurador de los Tribunales don Luis Alfaro Rodríguez y asistidos por el Abogado don José Luis Vázquez Carrera, contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Sexta, de 29 de septiembre de 1997, rollo de apelación número 334/97. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Cachón Villar, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes: I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en el Juzgado de guardia el día 29 de octubre de 1997 y en este Tribunal el 3 de noviembre don Luis Alfaro Rodríguez, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de don Eleuterio Gómez López y doña Pilar Requena Melero, interpone recurso de amparo contra la Sentencia antes mencionada.
2. Los hechos en los que tiene su origen el presente recurso y relevantes para su resolución son, sucintamente expuestos, los siguientes: a) Don Manuel Valero Merino había sido condenado por Sentencia de la Audiencia Provincial de Lleida, de 22 de enero de 1982, como autor responsable de una falta de imprudencia con resultado de muerte, a indemnizar a don Eleuterio Gómez López y doña Pilar Requena Melero en un... »
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